Sociedad anónima
Sociedad de capital en la que éste estará dividido en acciones integradas por las aportaciones de los socios, que tienen una responsabilidad limitada al capital aportado por cada uno de ellos para constituir la sociedad. Las aportaciones pueden ser de dinero, bienes o derechos valorables económicamente, nunca de trabajo.
El número mínimo de socios será de dos, salvo en la sociedad anónima unipersonal.
El capital social no puede ser inferior a 60.000€.