Consideraciones del Accidente de Trabajo
- Accidente sufrido en el lugar y tiempo de trabajo.
- Accidente producido con ocasión de las tareas desarrolladas en el trabajo, aunque sean distintas a las habituales.
- Accidente “in itinere”: es el sufrido al ir o volver del trabajo y para su consideración, se tienen que dar las siguientes causas:
- Que ocurra en el camino de ida o vuelta.
- Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente.
- Que se realice el itinerario habitual.
- Accidente en misión: el sufrido en el trayecto a realizar, en el cumplimiento de la misión encomendada, y en su horario habitual.
- Accidente de cargos electivos de carácter sindical.
- Actos de salvamento: accidente acaecido en actos de salvamento o de naturaleza análoga cuando tengan conexión con el trabajo.