
¿Debe el permiso por hospitalización de 5 días extenderse más allá del alta hospitalaria si hay reposo domiciliario o debe extinguirse automáticamente?
La Audiencia Nacional decide que el permiso puede extenderse hasta cinco días si se prescribe reposo domiciliario, aunque se haya dado el alta hospitalaria.
Se resuelve el procedimiento nº 391/2024 en materia de conflicto colectivo, presentado por varios sindicatos contra una empresa del sector de artes gráficas, manipulación de papel y cartón, editoriales e industrias auxiliares (BOE n.º 245, de 13 de octubre de 2023).
El objeto del conflicto es el reconocimiento del derecho de los trabajadores a disfrutar íntegramente del permiso de cinco días en casos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, cuando el familiar o conviviente necesite reposo domiciliario. Este derecho abarca al cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, así como a convivientes en el mismo domicilio que requieran cuidados efectivos. En particular, se debate si, tras el alta hospitalaria, cuando aún no se han agotado los cinco días de permiso y el familiar o conviviente debe seguir en reposo domiciliario, el permiso retribuido sigue siendo aplicable.
Mientras que la representación empresarial sostiene que el permiso finaliza con el alta hospitalaria, salvo en intervenciones quirúrgicas sin hospitalización con reposo domiciliario, la parte sindical argumenta que debe extenderse si se prescribe reposo domiciliario.
El conflicto colectivo se centra en la aplicación del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores (ET) y el artículo 8.5.1.b) del Convenio Colectivo correspondiente, en relación con el permiso por hospitalización o intervención quirúrgica de familiares. La empresa ha concedido dicho permiso de manera parcial en algunos casos, lo que ha originado la controversia legal.
El 16 de enero de 2025, la empresa tenía registradas cinco solicitudes de permiso por hospitalización de familiares, concediéndolo de manera desigual.
EL 29 de noviembre de 2024 se celebró un acto de mediación en el SIMA sin acuerdo entre las partes.
La empresa alegó falta de competencia territorial y argumentó que el conflicto solo afectaba al centro de Xàtiva, se trataba de un conflicto individual que afectaba a varios trabajadores y no colectivo. Sin embargo, la Audiencia Nacional determinó que la negativa a conceder el permiso de cinco días se basa en un criterio empresarial general aplicable a todos los centros de trabajo y a todos los trabajadores bajo un criterio uniforme.
Según la doctrina, la finalidad del permiso es la necesidad de atención y cuidados del paciente. ”El permiso por hospitalización de ... ha de ser concedido, cuando concurran el resto de los elementos que configuran tal derecho, con independencia de que dicho familiar siga o no hospitalizado”, es decir, sin que el simple parte de alta hospitalaria conlleve de forma automática la extinción o finalización del permiso.
“El alta hospitalaria no va acompañada del alta médica ni siquiera en los supuestos de cirugía menor, sino que casi siempre es dada con la recomendación facultativa -expresada o no documentalmente- de que la atención sanitaria recibida vaya seguida de un periodo de reposo, que si es domiciliario de por sí constituye causa independiente del permiso retribuido”.
La jurisprudencia considera que el reposo domiciliario implica la necesidad de atención por parte del trabajador, lo que justifica el mantenimiento del permiso retribuido.
La realidad social demuestra que estos permisos son ejercidos mayoritariamente por mujeres. La Directiva 2019/1158 de la UE y la jurisprudencia, como la STS 9-12-2019, abogan por la corresponsabilidad en la asunción de deberes familiares. Conforme al art. 4 de la LO 3/2007, cualquier duda interpretativa debe resolverse con una perspectiva de género, garantizando la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
Con respecto al principio de igualdad en la interpretación normativa, la sentencia reafirma que el convenio colectivo no puede imponer condiciones más restrictivas que las que establece el Estatuto de los Trabajadores. El derecho a disfrutar del permiso de cinco días por hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario está garantizado a nivel nacional, y cualquier interpretación más restrictiva en el ámbito del convenio colectivo sería contraria al principio de derecho mínimo necesario. Este principio asegura que el permiso de cinco días debe ser garantizado, incluso si el alta hospitalaria ha tenido lugar y aún persiste la necesidad de cuidado del familiar.
La sentencia también analiza el argumento de la empresa sobre la posibilidad de abuso del derecho por parte de los trabajadores. El Tribunal refuerza la idea de que el abuso no debe presuponerse de manera generalizada, sino que debe ser probado. Además, el ordenamiento jurídico ofrece a la empresa mecanismos para comprobar la veracidad de los permisos, como la exigencia de la justificación médica del reposo domiciliario.
En cuanto a la interpretación jurídica del artículo 8.5.4 del convenio colectivo, el Tribunal aclara que, si el convenio establece ciertas condiciones sobre el disfrute del permiso, estas no pueden contradecir ni reducir los derechos mínimos establecidos por el Estatuto de los Trabajadores, ya que este es un derecho básico y no susceptible de ser restringido por los convenios sectoriales.
La Audiencia Nacional estimó la demanda interpuesta, declarando que los trabajadores de la empresa demandada tienen derecho a disfrutar de la totalidad del permiso de cinco días por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario para sus familiares, conforme al artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores (ET) y al artículo 8.5.1.b) del Convenio Colectivo aplicable.
La sentencia destaca que este derecho debe mantenerse incluso cuando el alta hospitalaria se haya producido, siempre que exista prescripción de reposo domiciliario para el familiar. Por tanto, el permiso no debe extinguirse automáticamente con el alta hospitalaria, sino que debe extenderse hasta el máximo de cinco días si se requiere reposo domiciliario.
Además, se resalta el principio de igualdad de género, ya que estos permisos son utilizados mayoritariamente por mujeres, y cualquier interpretación debe garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
Fallo: declara el derecho de las personas trabajadoras de la empresa a disfrutar el permiso de cinco días, si tras el alta hospitalaria no se han agotado dichos días y se ha prescrito reposo domiciliario al familiar o persona conviviente. Contra la resolución cabe recurso de casación ante la sala de lo Social de la Audiencia Nacional.