Boletín Febrero
Bienvenidos a un nuevo Boletín del Asesor, donde repasaremos las noticias acontecidas en febrero.
Este mes la noticia es la implantación del Whatsapp como nuevo canal de comunicación contigo, asesor, así como con las empresas asociadas y los trabajadores protegidos (leer). También lo es el lanzamiento de una encuesta para que puedas manifestarnos tu grado de satisfacción con nuestros servicios (leer).
Asimismo informamos de la jornada "La Mediación Laboral como oportunidad en las Relaciones Laborales", organizada por el Colegio de Graduados Sociales de Madrid, celebrada en el salón de actos de la Mutua y retransmitida on-line. Dicha jornada contó con las intervenciones inaugurales de la viceconsejera de Justicia y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Carmen Martín García-Matos, de la directora General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, Silvia Parra, y de la presidenta del Colegio, Eva Torrecilla Hernández (evento).
En el Área legal del Blog del Asesor, encontrarás dos sentencias destacadas. En la primera, el Tribunal Supremo desestima el derecho de los trabajadores que prestaban servicios en turno de noche y suscribieron un acuerdo sobre teletrabajo, a percibir el plus de transporte fijado en el convenio colectivo (leer). Y en la segunda, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara la procedencia del despido en caso de no aptitud e imposibilidad de reubicación por parte de la empresa (leer).
Todo este contenido y mucho más se encuentra incluido en la sección Te contamos / Te escuchamos dentro del Blog del Asesor.
No te pierdas ninguna de las novedades que te ofrecemos en exclusiva.
El Alto Tribunal desestima el derecho de los trabajadores que prestaban servicios en turno de noche y suscribieron un acuerdo sobre teletrabajo, a percibir el plus de transporte fijado en el convenio colectivo. En su sentencia resuelve el recurso de casación contra la sentencia de 13 de septiembre de 2021 dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que confirma.
La sentencia completa y el comentario lo encontrarás adjunto a la publicación.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 14280/2023 de 21 de diciembre estima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid que falló declarando la improcedencia del despido, y la revoca.
Encontrarás el comentario y la sentencia original adjunto a la publicación.
En el caso de un trabajador al cual ingresan a su familiar y disfruta del permiso por ingreso.
Le dan el alta hospitalaria y a las dos semanas vuelve a ingresar ¿Le corresponderían otra vez los cinco días por ingreso?
Puedes participar en este hilo a través del Foro de Debate del Rincón del Asesor.
Buenas , la consulta seria como calculáis la antigüedad de un fijo discontinuo para el calculo de indemnización por despido, por el tiempo efectivo ??
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