El correo electrónico remitido a la empresa por el abogado de la trabajadora interrumpe la prescripción en materia de remuneraciones
Analizamos la Sentencia del Tribunal Supremo número 747/2023, dictada el 17 de octubre de 2023, que aborda la cuestión de si el envío de correos electrónicos por parte del abogado de una trabajadora, acompañados de conversaciones telefónicas, es suficiente para interrumpir la prescripción de atrasos salariales reclamados a la empresa.
La Sala Cuarta del Tribunal Supremo establece que el correo electrónico enviado por el abogado es válido para interrumpir la prescripción en materia de remuneraciones, incluso si no se detalla con precisión la causa y cuantía de la reclamación.
Los hechos relevantes incluyen la finalización del contrato de trabajo en mayo de 2018, el envío de un correo electrónico por el abogado en enero de 2019 informando sobre atrasos, la respuesta de la empresa en febrero, y la presentación de una papeleta de conciliación en octubre de 2019.
El Juzgado de lo Social de Badajoz rechaza la demanda por prescripción, pero la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura estima parcialmente el recurso de suplicación, considerando que los correos electrónicos del abogado interrumpieron la prescripción para las cantidades devengadas después de enero de 2019.
En el recurso de casación para la unificación de doctrina, la empresa argumenta que la acción estaba prescrita al ejercer la trabajadora su reclamación. El Tribunal Supremo, tras revisar la doctrina sobre prescripción, unifica criterios y establece que el correo electrónico del abogado es suficiente para interrumpir la prescripción en materia de remuneraciones. Además, señala que la empresa debe demostrar el pago de las cantidades devengadas, reiniciándose el plazo anual y quedando pendientes las posibles discrepancias.
Fallo: Desestimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa.
Confirmar y declarar firme la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia sobre reclamación de cantidad.