Convenio especial con la Seguridad Social

Acuerdo suscrito voluntariamente por un trabajador con la Seguridad Social para poder generar, mantener o ampliar el derecho a las prestaciones del sistema (puede dar derecho a una pensión de jubilación o de viudedad y a las prestaciones que pueden derivarse de una enfermedad común o accidente no laboral), con la obligación de pagar las cuotas a la Seguridad Social, eligiendo una base de cotización comprendida entre la máxima y la mínima vigentes, con los requisitos que impone su regulación.

Habitualmente los suscriben trabajadores que causan baja en la Seguridad Social, aquellos que son contratados con remuneraciones inferiores a las cobraban en el último año y otros que han dejado de percibir el subsidio de desempleo, así como los pensionistas que hayan sido declarados inválidos parciales y a los que se les haya denegado la pensión.

Es requisito imprescindible tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años anteriores a su baja en la Seguridad Social.

Se tramita en la TGSS.