¿Cómo van van a cambiar las notificaciones telemáticas de la Seguridad Social?
El nuevo registro electrónico de apoderamientos de la administración entra en vigor el día 2 de abril adaptándose a los requisitos establecidos por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Algunos procedimientos o solicitudes permiten a los ciudadanos estar al día de su situación con la Seguridad Social y otras administraciones. Uno de los más habituales es recibir un SMS en el móvil con el alta o baja de un trabajador.
Con la reciente Orden publicada en el Boletín Oficial del Estado se ha establecido una nueva regulación del registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social.
Por tanto, los apoderamientos que no se adapten a la nueva regulación mediante los modelos de poderes renovados perderán su validez a partir del día 2 de abril.
Gracias a este servicio las entidades pueden ponerse en contacto con las empresas o ciudadanos de manera sencilla. Tanto por las cotizaciones como por la afiliación así como resoluciones del INSS o actos del ISM.
Modificaciones establecidas
• Los apoderamientos son una cesión de derecho del obligado a su representante para poder realizar gestiones en su nombre. Ahora, los principales cambios vienen derivados por la ampliación de estos diferentes representantes, por tanto una vez inscritos, podrán ser utilizados para acceder a los servicios electrónicos de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones (SEDESS).
• A principios de abril, los interesados, que pueden ser ciudadanos o empresas, deberán volver a otorgar los poderes a terceros. A partir de entonces, el apoderado podrá realizar cualquier trámite necesario en la Sede Electrónica o la SEDESS.
Cómo darse de alta
Para acceder a estos servicios, el interesado tendrá que disponer de un certificado digital, Clic aquí per mostrar email o usuario y contraseña. Próximamente con código de un solo uso por SMS y si no se dispone de ninguno de estos certificados electrónicos podrá realizarse de manera presencial. Además, el usuario deberá cumplir con los requisitos técnicos establecidos y tener configurado el navegador para el uso de la firma electrónica.
Para poder utilizar tanto el sistema Clic aquí per mostrar email como la firma en la nube, es esencial registrarse en el sistema. Este procedimiento puede realizarse de manera presencial o por Internet.
Fuente: www.lainformacion.com