La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

15.EL RÉGIMEN SANCIONADOR ESPAÑOL DERIVADO DEL ACTUAL MARCO PREVENTIVO-LABORAL. 279 En este sentido, tanto los partes de atención médica, de los Servicios de Urgencias de los Hospitales, remitidos directamente al Juzgado de Guardia, en cumplimiento de Ley de Enjuiciamiento Criminal 1167 , como la actuación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, que llevan a cabo las actuaciones, encaminadas a establecer los controles necesarios, preservando las pruebas, identificando y tomando declaración a los posibles testigos y realizando, como consecuencia, el correspondiente atestado, permiten aportar una información precisa y de enorme valor, para el posible inicio del proceso judicial y su posterior desarrollo si procediese. Debe indicarse que, en la addenda firmada en el año 2008, por el Ministerio de Justicia, citada con anterioridad, se recoge que: ― La Policía Judicial deberá inmediatamente poner en conocimiento del Juzgado de Instrucción, del Ministerio Fiscal, de la Inspección de Trabajo y del Médico Forense los hechos acaecidos, para lo que deberán establecerse vías de contacto o enlace en cada uno de estos Organismos ‖. Esta labor, a los ojos de la Fiscalía General del Estado, tal como se desprende de la memoria anual del año 2009, se antoja como ― decisiva en la investigación de este tipo de delitos ‖, resaltando al mismo tiempo la necesidad, de que los miembros de las fuerzas de seguridad, cuenten con la precisa especialización, a la vista de la complejidad y singularidad que comportan estos delitos, a pesar de lo cual, la Fiscalía manifiesta un alto grado de satisfacción. Por otra parte se señala que, a las actuaciones llevadas a cabo por la Policía Nacional y por la Guardia Civil, se han ido uniendo las realizadas por algunas Policías Locales, entre las que desataca las del Ayuntamiento de Madrid, que ha creado unidades especializadas en esta materia, calificando los resultados como de ― muy esperanzadores ‖. 5. Ámbito de la Seguridad Social. Los incumplimientos preventivos de los que se derivan responsabilidades, dentro del ámbito de la Seguridad Social, responden a una actuación, contra unos derechos irrenunciables del trabajador en esta materia. 1167 - Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Artículo 262. (Revisión vigente desde el día 6 de Diciembre de 2015).

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