La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

15.EL RÉGIMEN SANCIONADOR ESPAÑOL DERIVADO DEL ACTUAL MARCO PREVENTIVO-LABORAL. 268 Debe indicarse que, como se desprende de la memoria anual, de la Fiscalía General del Estado, publicada en el año 2015, las dotaciones con las que se cuenta en este área especializada, para el desarrollo de sus funciones, son aún claramente insuficientes, para dar una respuesta rápida a los delitos cometidos, de manera que, en la actualidad, el tiempo transcurrido desde la producción de los hechos, hasta que se dicta la sentencia en primera instancia, se eleva de 6 a 8 años de media. Por lo que, para poder dar una respuesta más rápida, que en ningún caso se prolongase en el tiempo, más allá de los tres años, se insta al Gobierno, a incrementar los medios necesarios, ―…mediante la creación de Juzgados especialistas y Secciones del mismo género en las Audiencias Provinciales con dedicación exclusiva a la siniestralidad laboral lo que agilizaría notablemente las dilaciones como de hecho ha ocurrido en otros campos como en el de los delitos de violencia sobre la mujer ‖. No obstante lo anterior, se puso asimismo en evidencia, un aspecto de singular importancia, como es el de que era necesario, un conocimiento más específico de la normativa Preventivo-Laboral, por lo que la formación y la especialización, se convertían en los elementos clave, en el manejo de los mecanismos legales, que permitiesen la aplicación de la Ley penal, con el rigor que, necesariamente, requiere este ámbito de actuación. En este sentido, se apuntó la conveniencia de que, en adelante, pudiera contemplarse un apartado destinado a esta materia, en el acceso a las carreras judicial y fiscal, más completo que el incluido en el temario vigente hasta esa fecha. No obstante, a lo largo de su andadura, desde su inicio en el año 2006, esta Fiscalía ha ido poco a poco consiguiendo dar un mayor y mejor tratamiento, a los asuntos relacionados con la siniestralidad laboral, a pesar de su ― escaso bagaje personal constituido por tres Fiscales –Coordinador y 2 Fiscales adscritos ‖, tal como se recoge textualmente en la memoria del año 2015, conservando el alto nivel que se espera de ella, respecto al mantenimiento de la legalidad y al respeto de los derechos, tanto de las víctimas, como de los autores de los presuntos delitos.

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