La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

15.EL RÉGIMEN SANCIONADOR ESPAÑOL DERIVADO DEL ACTUAL MARCO PREVENTIVO-LABORAL. 257 Lo anterior se recoge de forma gráfica y resumida en la siguiente Figura 51: Figura 51: Sanciones administrativas en P.R.L.: Resumen de los conceptos básicos. Fuente: Autor. La propuesta de sanción motivada en el Acta de Infracción, cuantificada y graduada por el Inspector, debe ser ratificada por el Órgano Competente (Comunidades Autónomas o Administración General del Estado). Por otra parte, las Actas de Infracción, serán tramitadas de acuerdo al Reglamento General, sobre Procedimientos para la Imposición de las Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social 1130 y su contenido, contará con la presunción de certeza (― presuncion iuris tantum ‖). No obstante, de acuerdo al citado Reglamento, el sujeto o los sujetos responsables, podrán presentar los correspondientes recursos y/o las alegaciones, que considerasen oportunas, dentro de los plazos establecidos, teniendo derecho a la vista de los documentos, que obran en el correspondiente expediente, sin más excepciones, que las necesarias para asegurar la confidencialidad del origen de cualquier queja. Debe indicarse que, de este Reglamento, quedan excluidas las Administraciones Públicas, que se rigen por un procedimiento y un régimen especial, ya previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 1131 , al que se ha dedicado anteriormente el punto 7 del capítulo 8. 1130 - Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los Expedientes Liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social. 1131 - Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre. Artículo 45.

RkJQdWJsaXNoZXIy NjkzMDM1