La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

14.LA " ACCIÓN INSPECTORA ", DE CONTROL Y DE SEGUIMIENTO DE LA " GESTIÓN PREVENTIVA - LABORAL " EN ESPAÑA. 232 En primer lugar debe indicarse, que quedan excluidos de su ámbito de aplicación y por lo tanto sometidos al derecho laboral común, los incumplimientos del personal de las Entidades Públicas empresariales, que se rigen por el derecho privado, salvo en los casos en los que ejerzan potestades administrativas. Asimismo tampoco es de aplicación en las obras de construcción, en los casos en los que la Administración tenga que asumir el papel de promotor, de acuerdo al Real Decreto 1627/1997, dado que actuaría como una entidad empresarial común y por lo tanto sin relación jurídica, con el personal civil dependiente de la misma. Por último, quedan excluidos de su ámbito de aplicación y por lo tanto asimismo sometidos al derecho laboral común, el personal dependiente de los contratistas, subcontratistas de obras o servicios o concesionarios de cualquier índole, que realicen su actividad, en las instalaciones de la Administración General del Estado o de sus Organismos autónomos. Al mismo tiempo, el citado Real Decreto conservaba una parte muy importante de la excepcionalidad, en la aplicación de la ― Acción Inspectora ‖, en lo que se refiere a la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. Así, aunque a partir de este momento, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), podía levantar las correspondientes actas, por incumplimiento de la normativa y como consecuencia, la Administración podría ser sancionada, sólo cabía esta posibilidad, fuera de los supuestos contenidos en el Reglamento, manteniéndose, en el resto de los casos, sólo la obligación de llevar a cabo las medidas correctoras necesarias, en las condiciones establecidas. A todo lo anterior cabe añadir, tanto la obligación de comunicar previamente y en el plazo mínimo de 24 horas, las visitas del Inspector, al Jefe de la Unidad administrativa. Por otra parte, si como consecuencia de la visita el Inspector, considerase que existen incumplimientos o irregularidades, en el cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, debe incluirse, en el correspondiente requerimiento, una propuesta de medidas para la subsanación de estas irregularidades y el plazo para su ejecución, lo que debe comunicarse al jefe de la unidad administrativa inspeccionada y a los representantes del personal, que tienen un plazo de 15 días para realizar alegaciones.

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