La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

14.LA " ACCIÓN INSPECTORA ", DE CONTROL Y DE SEGUIMIENTO DE LA " GESTIÓN PREVENTIVA - LABORAL " EN ESPAÑA. 199 Paulatinamente, se fueron ampliando y definiendo más específicamente sus competencias, y más especialmente, a partir de la ratificación por España, en el año 1960, del Convenio C.081 1035 de la OIT, de 11 de julio del año 1947, sobre la Inspección de Trabajo en la industria y el comercio, Convenio que recoge de forma pormenorizada, las condiciones relativas a la ― Acción Inspectora ‖, desde la suficiencia del número Inspectores y de los medios materiales y organizativos, con que deben contar para el desarrollo de su función, hasta las condiciones de libertad de acceso, a los centros y lugares de trabajo y la forma en la que deben realizarse las visitas, entre otros muchos aspectos, siempre circunscritos a los trabajo en la industria y en el comercio. Lógicamente, la ratificación de este Convenio, llevaba implícita, la necesidad de adaptar la legislación española a su contenido, lo que se hizo efectivo en el año 1962, con la publicación de una Ley sobre la ordenación de la Inspección de Trabajo 1036 , que además integró todos los aspectos, recogidos en la normativa anterior. Posteriormente, en el año 1971, se llevó a cabo una importante labor legislativa en este terreno, que comienza con la ratificación por España, del Convenio C.129 1037 de 25 de junio del año 1969, ya citado con anterioridad, relativo a la Inspección del Trabajo en la agricultura, con lo que, la ― Labor Inspectora ‖, quedó asimismo definida para este sector, y continuó con la publicación de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, ambas en el mes de marzo de ese año. Más tarde, se publicaron conjuntamente dos Decretos, en el mes de julio de ese mismo año, que complementaban y desarrollaban la Ley, sobre la ordenación de la Inspección de Trabajo del año 1962, estableciendo dos nuevos e importantes Reglamentos, el primero, referido al Cuerpo de la Inspección de Trabajo 1038 , modificando el Reglamento del año 1940, y el segundo, dirigido a concretar y definir las funciones, derivadas de la Inspección de Trabajo 1039 . Con la publicación de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, el campo de actuación de la Inspección de Trabajo, en materia Preventiva-Laboral, dentro 1035 - Convenio C.081 de la OIT de 11 de julio de 1947, sobre la inspección del trabajo. Ginebra, 30ª reunión CIT de 11 julio 1947 (Entrada en vigor: 07 abril 1950). Ratificado por Instrumento de 14.1.1960 (Jef. Est., BOE 4.1.1961). Este Convenio se encuentra complementado por el Protocolo Nº 81 de 22.6.1995, que aún no ha sido ratificado por España. 1036 - Ley 39/1962, de 21 de julio, sobre ordenación de la Inspección de Trabajo. 1037 - Convenio C.129 de la OIT de 25 de julio de 1969, sobre la inspección del trabajo (agricultura). Ginebra, 53ª reunión CIT (25 junio 1969). Ratificado por Instrumento de 11.3.1971 (Jef. Est., BOE 25.5.1972). 1038 - Decreto 2121/1971, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Nacional de Inspección de Trabajo. 1039 - Decreto 2122/1971, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección de Trabajo.

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