La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

14.LA " ACCIÓN INSPECTORA ", DE CONTROL Y DE SEGUIMIENTO DE LA " GESTIÓN PREVENTIVA - LABORAL " EN ESPAÑA. 196 El proyecto de Ley, sobre ― Ejercicio, policía, sociedades, jurisdicción e inspección de la industria manufacturera ‖, fue presentado en las Cortes, en el mes de octubre del año 1855, por el entonces ministro de fomento, Manuel Alonso Martínez, y aunque nunca llegó a aprobarse, recogía ya una preocupación, por las condiciones en las que realizaban los trabajos los menores y las mujeres, aunque delimitado al ámbito industrial. En su contenido, se incluía ya la necesidad, del establecimiento de controles por parte del Estado, realizados a través de la designación de una serie de personas, (Inspectores residentes en las comarcas o en los centros industriales), cuya función sería la de acceder a los establecimientos, en los que se desarrollaba la actividad laboral, inspeccionando las condiciones de trabajo marcadas por la Ley. Posteriormente y como se ha indicado, en el año 1873 se promulgó la Ley ― Benot ‖ 1028 , durante el corto tiempo en el que se instauró la I República Española. Esta Ley, centrada en la protección del trabajo infantil, aunque también incluía otros aspectos, dirigidos a la protección ante los riesgos y la asistencia sanitaria de los trabajadores en general, en su artículo 8, recogía una ― Labor Inspectora y de Vigilancia ‖, sin perjuicio de la función que, en nombre del Estado, quedaba reservada a las Autoridades y al Ministerio Fiscal Competente. Esta labor debía desarrollarse, a través del establecimiento de una nueva figura, los ― jurados mixtos ‖, presididos por el Juez municipal y compuestos por obreros, patronos, maestros de escuela y médicos. Asimismo, la Ley recogía un artículo de carácter transitorio, estableciendo que, en tanto no se configurasen los jurados mixtos, el desempeño de las funciones indicadas, quedaría a cargo de los Jueces municipales. Sin embargo, tampoco en esta ocasión llegó a plasmarse, en la práctica, este aspecto de la Norma, debido, entre otros motivos, a la ausencia de una regulación reglamentaria y específica, para la constitución de estos Organismos. Debe indicarse que, aunque ninguna de estas iniciativas, consiguió los objetivos que se perseguían, fueron el germen de un proceso, que ha ido evolucionando con el tiempo, y el inicio de posteriores propuestas, que se materializaron más adelante. Paralelamente a lo anteriormente indicado, se produjo otra iniciativa, dirigida a la normalización del establecimiento de controles preventivos, en un área laboral 1028 - Ley ― Benot ‖: Ley de 24 de julio 1873, sobre el trabajo en los talleres y la instrucción en las escuelas de los niños obreros.

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