La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual
11.FUNDAMENTOS Y MARCO BÁSICO EN EL QUE SE DESENVUELVE LA ACCIÓN PREVENTIVA-LABORAL. 38 4.1. La enfermedad profesional en España La definición de enfermedad profesional en España, queda recogida de la siguiente manera 940 : ―…la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que ésta proceda por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional‖ . El ― cuadro ‖ al que se hace referencia en la citada definición, fue actualizado en el año 2006, con la publicación de un Real Decreto 941 , y en él quedan recogidas todas las patologías, a las que se les ha dado la consideración de ― enfermedad profesional ‖. Una particularidad del citado Real Decreto, consiste, en que en el listado de enfermedades, se incluyen en dos anexos, de tal forma que, en el ― anexo-1 ‖, se reúne el conjunto actualizado de enfermedades profesionales reconocidas, en tanto que el ― anexo-2 ‖, se recogen las enfermedades profesionales sospechosas, pendientes de reconocimiento por la Unión Europea, de manera que una vez sean reconocidas como tales, pasarían a formar parte del ― anexo-1 ‖. Otra particularidad de este Real Decreto, es que adopta, lo que se ha dado en llamar, un ― sistema mixto ‖, definido por la OIT, para la inclusión de patologías como enfermedades profesionales, que consiste en establecer dos listas, una abierta y otra cerrada. De esta forma, la lista cerrada, recoge todas aquellas patologías, que ya cuentan con la consideración de enfermedad profesional, en tanto que, en la lista abierta, podrían incluirse los problemas de Salud, que pudieran dar lugar a enfermedades, susceptibles de ser reconocidas como enfermedad profesional, siempre que el trabajador pueda demostrar, que su origen se debe a la actividad laboral desarrollada. Debe indicarse que, al igual que en el caso de la definición de accidente de trabajo, el contenido de la redacción de enfermedad profesional en España, va dirigido 940 - Artículo 116 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social 941 - Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro (Anexos 1 y 2).
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