La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

11.FUNDAMENTOS Y MARCO BÁSICO EN EL QUE SE DESENVUELVE LA ACCIÓN PREVENTIVA-LABORAL. 37 unos criterios, que permitan la incorporación de nuevas enfermedades profesionales al listado, especialmente aquellas que se encuentran reconocidas internacionalmente, por estar incluidas en las listas nacionales. b. Que los distintos países, elaboren una definición general de enfermedad profesional y/o un listado propio de enfermedades profesionales, que incluya al menos las enfermedades propuestas. De esta forma, respeta la idiosincrasia y el contexto propio de cada país, de manera que, sobre la base del listado propuesto, puedan establecerse disposiciones complementarias, que permitan la inclusión de nuevas enfermedades que no han sido reconocidas, bien porque los criterios de su origen no se corresponden con los definidos, o bien porque no coincide la forma de presentación con la establecida. c. Armonizar la política sobre enfermedades profesionales y promover su prevención en los distintos países, a través de la promoción de una amplia gama de enfermedades profesionales, reconocidas internacionalmente, dado que, muchas de ellas, se encuentran incluidas en los distintos listados de los países, que han ratificado los Convenios respectivos, lo que al mismo tiempo promueve la revisión periódica de los distintos listados. d. Servir de referencia para el desarrollo de políticas preventivas, en aquellos países no adheridos a los Convenios de la OIT, o que no han ratificado los Convenios específicos. Como puede observarse, la OIT, si bien no define de una manera taxativa la calificación de enfermedad profesional, si ha tratado de establecer a lo largo del tiempo, unas bases sólidas, encaminadas a la promoción preventiva y a la armonización de este concepto, dejando un espacio de libertad, para favorecer su implantación en cada uno de los países.

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