La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

11.FUNDAMENTOS Y MARCO BÁSICO EN EL QUE SE DESENVUELVE LA ACCIÓN PREVENTIVA-LABORAL. 34 aquellas posibles actuaciones, destinadas no a paliar los consecuencias de una situación de riesgo, sino a evitar que se produzca en si el suceso lesivo, no tienen un encaje en la definición, lo que parece incongruente, atendiendo al menos a dos postulados diferentes: 1.a. Desde un punto de vista preventivo, evitar que se produzca un hecho lesivo y por lo tanto, que no sea necesaria la aplicación de una prestación, es la mejor protección para el trabajador. Por otra, parte no parece lógico pensar que, todos aquellos sucesos relacionados con el trabajo, con capacidad de provocar un daño en el trabajador, pero que no tengan una consecuencia lesiva, (accidentes ― en blanco ‖), queden fuera del campo de análisis de los accidentes de trabajo, por el hecho de no haber provocado una lesión en esa ocasión, independientemente de la gravedad del riesgo al que haya estado expuesto el trabajador. 1.b. Desde una posición puramente administrativa, una labor preventiva disminuye los costes a la Seguridad Social, así como las primas de seguros, dado que disminuye el riesgo asegurado, evita los sobrecostes por sanciones y por indemnizaciones, reduce las costes derivados de las pérdidas materiales y de producción, y mejora la imagen de la empresa de cara a sus clientes, lo que, desde el punto de vista de la gestión, se reflejaría en la cuenta de resultados, tanto de la Administración como de la empresa. 2. Asimismo, aplicando los ― principios de la acción preventiva ‖, establecidos por la Ley 929 de Prevención de Riesgos Laborales, en mayor medida parece incongruente, dejar fuera de la consideración de accidente de trabajo, todos aquellos accidentes, consecuencia del trabajo, porque la actividad laboral que realiza el trabajador, no es por cuenta ajena, dado que excluiría a todo el amplio colectivo de trabajadores por cuenta propia y a todos aquellos dedicados al ejercicio de profesiones liberales. 929 - Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre. Artículo 15.

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