La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual
11.FUNDAMENTOS Y MARCO BÁSICO EN EL QUE SE DESENVUELVE LA ACCIÓN PREVENTIVA-LABORAL. 33 Como se ha recogido anteriormente, hoy en día, el citado artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/1994, mantiene el texto de la Ley ― Dato ‖ y por lo tanto su espíritu de protección social, por lo que, a pesar de la ampliación, recogida en el apartado 2 del citado artículo, no sólo no recoge el amplio espectro de la realidad, en la que se desenvuelve el entorno laboral, sino que, su filosofía, no incluye los conceptos básicos preventivos, haciendo aparecer una serie de lagunas y carencias, que afectan gravemente, tanto a la eficacia de la ― Gestión Preventiva ‖, como a su control. El contenido de la redacción de accidente de trabajo en España, va dirigido esencialmente al establecimiento de ayudas y de servicios, una vez ocurrido el accidente, siendo éste su objetivo final, de manera que la protección legal, se cubre con el derecho a recibir unas ―prestaciones‖ , que se perciben ― una vez se produce un suceso lesivo ‖. Figura 12: Esquema sobre la relación accidente/prestaciones. Fuente: Autor. Del análisis de los condicionantes incluidos en el citado artículo 115, del Real Decreto Legislativo 1/1994, parece lógico extraer, que si la lesión producida no es consecuencia del trabajo que se realiza, el hecho no debería ser considerado como accidente de trabajo. No obstante en lo que se refiere a los otros aspectos de su contenido, cabe hacer las siguientes observaciones: 1. El planteamiento normativo que se recoge en el citado artículo, en principio excluiría cualquier tratamiento, desde el punto de vista preventivo. Es decir, todas LESIONES PRESTACIONES ECONÓMICAS ASISTENCIALES ACCIDENTE DE TRABAJO Articulo 115.2 RDL 1/1994, de 20 de junio OTRAS CONSIDERACIONES Articulo 115.1 RDL 1/1994, de 20 de junio RELACION DIRECTA CON UN TRABAJO POR CUENTA AJENA
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