La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

9. LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS EN P.R.L., DENTRO DEL ENTORNO INTERNACIONAL, CON EL QUE ESPAÑA SE ENCUENTRA DIRECTAMENTE COMPROMETIDA. 595 pidió a los Estados miembros su implicación, en un enfoque sistemático de la perspectiva de género y que evalúen la adopción de incentivos financieros, para promover la Salud y la Seguridad en el Trabajo y subraya la importancia del dialogó social. No obstante y unido a todo ello, manifestó sus reservas, importantes en algunos casos, lamentando el silencio de la Comunicación, en cuanto a los objetivos de reducción de las enfermedades profesionales, aunque manifestó su comprensión, por la dificultad que representa su cuantificación, resaltó la falta grave de recursos de la Comisión, para comprobar correctamente la transposición y el cumplimiento efectivos, de las Directivas adoptadas en materia de Seguridad en el Trabajo y deploró expresamente que, la Comisión, aún no hubiese presentado la propuesta de modificación de la Directiva 2000/54/CE 847 , pese a las demandas del Parlamento en este sentido, pidiendo al mismo tiempo a la Comisión, que inicie una revisión de la Directiva 92/85/CEE 848 . C. Dictamen del Comité Económico y Social Europeo: Posteriormente a la Resolución del Parlamento Europeo, en el mes de mayo del mismo año 2008, el Comité Económico y Social Europeo, en su reunión del Pleno, aprobó un Dictamen 849 , por 80 votos a favor, 20 en contra y 8 abstenciones, sobre la Comunicación de la Comisión, en la que junto con la valoración claramente positiva, sobre el objetivo de reducción de la accidentalidad en un 25%, opinión compartida, como ha podido apreciarse en los puntos anteriores, tanto por el Parlamento Europeo, como por el Consejo y el Comité de las Regiones, incluyó un conjunto de observaciones, algunas de las cuales se recogen a continuación de forma resumida. Comenzó indicando, que lo que debía poner en práctica la nueva Estrategia Comunitaria, de Salud y Seguridad en el Trabajo 2007-2012, era preservar la Seguridad y Salud de los Trabajadores, basándose en el cumplimiento, tanto de Normas comunitarias, como de las reglamentaciones nacionales, poniendo de relieve los valores, de establecer una política social sensible, argumentando que además 847 - Directiva 2000/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, sobre la Protección de los Trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo (Séptima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE). 848 - Directiva 92/85/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la Seguridad y de la Salud en el Trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (décima Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE). 849 - Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la ― Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones — Mejorar la calidad y la productividad en el trabajo: Estrategia Comunitaria de Salud y Seguridad en el Trabajo (2007-2012) ‖. (2008/C 224/21).

RkJQdWJsaXNoZXIy NjkzMDM1