La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

9. LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS EN P.R.L., DENTRO DEL ENTORNO INTERNACIONAL, CON EL QUE ESPAÑA SE ENCUENTRA DIRECTAMENTE COMPROMETIDA. 573 a tener en cuenta la posibilidad de organizar, en el año 1992, un ― Año Europeo ‖ dedicado al campo Preventivo-Laboral. Correspondiendo a las sugerencias planteadas por Consejo y atendiendo al Dictamen del Parlamento Europeo, de 16 de noviembre de 1988, que introdujo un conjunto de modificaciones, el programa recogió los siguientes seis apartados, dentro de los cuales se articulaban un conjunto de acciones específicas, de las que a continuación se recogen los aspectos más destacados de forma resumida: 1º. Seguridad y Ergonomía en el Trabajo: Acciones relacionadas con la eliminación de obstáculos técnicos organizativos y con la preparación de Directivas y recomendaciones, sobre la organización de la Seguridad en el Trabajo, y los componentes que integran y rodean el espacio físico laboral (sustancias, equipos de trabajo, señalización, etc.), así como otras dirigidas a sectores específicos, como el marítimo, el industrial, el de la construcción o el agrícola. 2º. Salud e Higiene en el Trabajo: Acciones relacionadas con la confección de una lista comunitaria, de los valores límite de exposición a 100 agentes químicos, físicos y biológicos y la ampliación del ― Inventario Europeo de Sustancias Químicas ‖ existentes, ( European Inventory of Existing Commercial Chemical Substances - EINECS), con la preparación de Directivas, dirigidas a la prevención en este terreno y en el de los agentes cancerígenos, así como a la armonización en su clasificación y etiquetado. Asimismo se establecieron acciones, sobre la organización de los ― Servicios de Salud ‖ y de sus funciones, y se recogió la Recomendación de la Comisión, realizada en los años 1962 y 1966, sobre la necesidad de revisar el ― Plan Europeo de Enfermedades Profesionales ‖. 3º. Información: Acciones relacionadas con la mejora de la información, sobre sustancias peligrosas, que serían recogidas en las Directivas previstas, con la aplicación práctica de los resultados, que se extraigan de los procesos de investigación e innovación, o con el fomento de los intercambios de experiencias entre Inspectores de trabajo, sobre el nivel de cumplimiento de las Directivas y Reglamentos comunitarios, en el entorno de cada uno de los Estados miembros.

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