La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

9. LAS ACCIONES ESTRATÉGICAS EN P.R.L., DENTRO DEL ENTORNO INTERNACIONAL, CON EL QUE ESPAÑA SE ENCUENTRA DIRECTAMENTE COMPROMETIDA. 566 Asimismo, entre las prioridades que se recogen, se incluyó específicamente la de 820 : ― Establecer un primer programa de acción, relativo sobre todo a la Higiene, a la Seguridad en el Trabajo, a la Salud de los Trabajadores, a la ordenación de las tareas comenzando por los sectores de actividad en los que las condiciones de trabajo sean más penosas ‖. La consecuencia directa, fue la redacción del primer ― Programa de Acción ‖, del año 1978, en el que tuvieron una especial incidencia los aspectos higiénico-industriales y, cuyo desarrollo, se prolongó a partir del año 1984, dentro de un segundo programa. Esta dinámica tuvo su continuidad en otros dos nuevos programas, en los años 1987 y 1996, apoyándose en el Acta Única Europea, de 29 de junio del año 1987, y diseñados con una nueva concepción preventiva más amplia, centrada en la mejora de las condiciones de trabajo, de manera que la vigencia de toda la serie, se extendió a lo largo del periodo comprendido, entre los años 1978 y 2000. 1.2.2. Primer Programa del año 1978. Este primer programa, asentado sobre los artículos 117 y 118 del Tratado de la CEE, bajo la denominación de ― Programa de Acción de las Comunidades Europeas en materia de Seguridad y de Higiene en el Trabajo ‖, se puso en marcha en el año 1978, por una Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas 821 . Su vigencia se extendió entre los años 1978 y 1982 y en su diseño, que fue una consecuencia directa de la Resolución del Consejo de 21 de enero de 1974, por la que se elaboró el programa de Acción Social, quedaron implicados el entonces: ― Comité Consultivo para la Seguridad, la Higiene y la Protección de la Salud en los Lugares de Trabajo ‖, la ― Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo ‖ y el ― Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional ‖. En su contenido y entre otros muchos considerandos, se recogió que el número de accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, continuaba representando un problema grave, a la vista del número de casos producidos, que los esfuerzos que se llevasen a cabo, para dar soluciones a este problema, tenían efectos beneficiosos, tanto 820 - Programa de Acción Social de 21 de enero de 1974 (Prioridades), apartado 6: ― Mejora de las condiciones de vida y de trabajo que permitan su armonización en el progreso‖. 821 - Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas, de 29 de junio de 1978, relativa a un programa de acción de las Comunidades Europeas en materia de Seguridad y de Higiene en el Trabajo. Anexo. (DO Nº C 165 de 11.7.1978).

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