La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

8. CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS PREVENTIVO-LABORALES EN EL ENTORNO ESPAÑOL, DE CARÁCTER SECTORIAL 553 pesquera y las dificultades económicas del mantenimiento de su actividad, lo que parece llevarles a asumir en ocasiones, unos niveles de riesgo, por encima de los controles preventivos establecidos, e igualmente ocurre en las labores de marisqueo en costa o en la pesca de buceo. La ― Gestión Preventiva ‖ en este caso, debe basarse en la aplicación de los Convenios 803 de la OIT, ratificados por el Estado Español y en la Normativa en vigor, tanto general como específica 804 para este sector. Por otra parte, los Sistemas de 803 - Convenios de la OIT ratificados por España que afectan al sector pesquero: - Convenio C.027 sobre la indicación del peso en los fardos transportados por barco, de 21 de junio de 1929. Ratificado por Ley 8.4.1932 (Gaceta 14.4.1932). - Convenio C.113 sobre el examen Médico de los pescadores, de 19 de junio de 1959. Ratificado por Instrumento de 28.6.1961 (Jef. Est., BOE 24.4.1962). - Convenio C.126 relativo al alojamiento a bordo de los barcos pesqueros, de 21 de junio de 1966. Ratificado por Instrumento de 9.2.1968 (Jef. Est., BOE 13.11.1969). - Convenio C.127 relativo al peso máximo de la carga que puede ser transportada por un trabajador, de 28 de junio de 1967. Ratificado por Instrumento de 6.3.1969 (Jef. Est., BOE 15.10.1970). - Convenio C.137 sobre las repercusiones de los nuevos métodos de manipulación de cargas en los puertos, de 25 de junio de 1973. Ratificado por Instrumento de 22.3.1975 (Jef. Est., BOE 22.3.1977). - Convenio C.152 sobre Seguridad e Higiene en los trabajos portuarios, de 25 de junio de 1979. Ratificado por Instrumento de 13.2.1982 (Jef. Est., BOE 10.12.1982). Revisa el Convenio C.032, de 1932, que a su vez revisaba el Convenio C.029, de 1930. - Convenio sobre el trabajo marítimo MLC 2006 (Maritime Labour Convention), de 23 de febrero de 2006. Ratificado por Instrumento 22.12.2009 (Jef. Est. BOE 22.1.2013), que denuncia los siguientes Convenios, previamente ratificados por España, que dejan de estar en vigor:  Convenio C.009 sobre la colocación de la gente de mar, de 10 julio 1920. Revisado por Convenio C.133 (NO RATIFICADO) relativo al alojamiento de la tripulación a bordo (disposiciones complementarias), de 30 de octubre de 1979.  Convenio C.016 sobre el examen Médico obligatorio de los menores empleados a bordo de los buques, de 11 de noviembre de 1921.Ratificado por Decreto de 17.5.1924 (Gaceta 20.5.1924).  Convenio C.055 sobre las obligaciones del armador en caso de enfermedad, accidente o muerte de la gente de mar, de 24 de octubre de1936. Ratificado por Instrumento de 26.11.1971 (Jef. Est., BOE 30.11.1972).  Convenio C.073 sobre el examen Médico de la gente del mar, de 29 de junio de 1946. Ratificado por Instrumento de 24.5.1971 (Jef. Est., BOE 20.5.1972).  Convenio C.134 relativo a la prevención de los accidentes de trabajo de la gente de mar, de 30 de octubre de 1970. Ratificado por Instrumento de 26.11.1971 (Jef. Est., BOE 21.2.1973).  Convenio C.163, sobre el bienestar de la gente de mar en el mar y en puerto, de 8 de octubre de 1987. Ratificado por Instrumento de 17.8.1989 (Jef. Est., BOE 13.12.1989).  Convenio C.164 sobre la protección de la Salud y la asistencia médica de la gente de mar, de 8 de octubre de 1987. Ratificado por Instrumento de 26.2.1990 en Resolución de 15.1.1991 (Jef. Est., BOE 21.1; rect. 1.3.1991).  Convenio C.180 relativo a las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques, de 22 de octubre de 1996. Ratificado por Instrumento de 27.11.2003 (Jef. Est., BOE 5.2.2004). Revisa los Convenios C.076, C.093 y C.109. 804 - Ejemplo de normativa específica que afecta al sector pesquero al margen de la normativa general y de la emanada de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: - Real Decreto 1661/1982 que declara de aplicación los preceptos del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar. - Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales de trabajo. - Real Decreto 1216/1997 sobres disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en el Trabajo a bordo de los buques de pesca. - Real Decreto 258/1999 por lo que se establecen las condiciones mínimas sobre la protección de la Salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar. - Real Decreto 768/199 por lo que se aprueba el Reglamento para el control del cumplimiento de la normativa sobre seguridad en los buques extranjeros que utilicen puertos españoles. - Real Decreto 1032/1999 por el que se aprueba las Normas de Seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros.

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