La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

8. CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS PREVENTIVO-LABORALES EN EL ENTORNO ESPAÑOL, DE CARÁCTER SECTORIAL 505 Este es el contexto en el que, en el año 1942, se instaura en España el Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE) 687 . No obstante, el establecimiento de este seguro, que recordemos tenía un carácter obligatorio, tampoco en esta ocasión tuvo una repercusión especial en los trabajadores del campo, a pesar de que la Ley que lo constituía, iba dirigida a proteger a los trabajadores especialmente débiles, o con unas rentas por debajo de unos límites establecidos, aspectos incluidos de lleno, en las características de estos trabajadores. Posteriormente se publicó, en el año 1945, el Fuero de los Españoles, que recogía en su a artículo 28, ― la seguridad del amparo ante el infortunio ‖, en los casos de accidentes de trabajo, de todos los españoles, entre otros derechos 688 , sin embargo esta declaración de principios, tardó todavía mucho tiempo en tener alguna repercusión en el medio rural. Más adelante, en el año 1947, desde la Administración del Estado se plantea la necesidad, de ordenar la organización patronal en el sector, fusionando las Cámaras Agrícolas Oficiales, que permanecían operativas junto con las Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos, resultado de lo cual, fue la creación de las Cámaras Oficiales Sindicales Agrarias (C.O.S.A.). De esta manera, las Cámaras Agrarias se consolidaron, como el más alto escalón de la pirámide sindical del franquismo, en el medio rural y por lo tanto como el elemento controlador del régimen. Durante todo este proceso, el régimen agrario permaneció independiente del régimen industrial, en todo lo referente a los aspectos de previsión social, hasta que, en el año 1956, se produjo su unificación 689 . A partir de ese momento, comenzaron a aplicarse a todos los trabajadores agrícolas, a efectos de reparación de los accidentes laborales, las mismas disposiciones, que regían para la reparación de los accidentes de trabajo en la industria. Debe tenerse en cuenta que, los trabajadores fijos del sector agrario, en la práctica, no tuvieron acceso al seguro de enfermedad hasta el año 1953 690 y sólo a partir del 1 de abril del año 1958 691 , quedaron incluidos los trabajadores eventuales. Por otra parte cabe indicar, en lo que se refiere a los aspectos Preventivo/Laborales, 687 - Ley de 14 de diciembre de 1942, por la que se crea el Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE). 688 - Fuero de los Españoles de 1945, artículo 28: «El Estado Español garantiza a los trabajadores la seguridad del amparo en el infortunio y les reconoce el derecho a la asistencia en los casos de vejez, muerte, enfermedad, maternidad, accidentes del trabajo, invalidez, paro forzoso y demás riesgos que pueden ser objeto de seguro social» 689 - Decreto de 22 de junio de 1956 por el que se aprueba texto refundido de accidentes de trabajo. 690 - Decreto -Ley de 23 de julio de 1953, por el que se crea el Régimen Especial de los seguros agropecuarios. 691 - Decreto de 18 de octubre de 1957 y Orden de 30 de marzo de 1958, por la que se desarrolla el Decreto de 18 de octubre último, sobre extensión del mismo a los trabajadores agropecuarios calificados como eventuales en el Censo Laboral Agrícola.

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