La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

8. CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS PREVENTIVO-LABORALES EN EL ENTORNO ESPAÑOL, DE CARÁCTER SECTORIAL 497 La entrada de nuestro país en la Comunidad Europea, que se hizo efectiva a partir del día 1 de enero del año 1986, tuvo como consecuencia la transposición de un conjunto de Directivas, en las que se incluía como unos de los factores más importantes, los relativos a la normalización en todos los aspectos. Fruto de este nuevo entorno fue la publicación, en el año 1987, de un nuevo Real Decreto 669 , por el que se regularon las Entidades de Inspección y Control Reglamentario, en materia de seguridad de los productos, equipos e instalaciones industriales, y se derogó la normativa que, en este sentido, se recogía en el capítulo 3 (Entidades Colaboradoras), del anteriormente citado Real Decreto de 1981, y se modificaban otros aspectos en el mismo sentido, recogidos en el Real Decreto del año 1979, dando una nueva orientación a estas las Entidades Colaboradoras. Este nuevo enfoque, que tenía en cuenta, al mismo tiempo, las nuevas competencias en materia de control de la Seguridad Industrial, asumidas por las Comunidades Autónomas, cambió la concepción de las ― empresas acreditadas para colaborar con la Administración ― (ECA's), por una nueva figura, las ― Entidades de Inspección y Control Reglamentario ‖ (ENICRE's), definiendo para ellas nuevas funciones y condiciones de funcionamiento, pasando a estar controladas, por las Administraciones Competentes de las Comunidades Autónomas. A todo lo anterior debe unirse el establecimiento en el año 1986, del ― silencio administrativo positivo ‖ 670 , para la concesión de licencias y autorizaciones de instalación, traslado o ampliación, de empresas o centros de trabajo, con algunas excepciones, relativas a las industrias relacionadas con las armas, los explosivos, el interés militar, los hidrocarburos, las instalaciones eléctricas, las radioactivas y las en reconversión, quedando suprimido el requisito de la previa autorización, para proceder a la apertura de un centro de trabajo, o para reanudar o proseguir los trabajos, después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia 671 . Más tarde, con la aprobación en el año 1995, del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial 672 , los Reales Decretos de los años 1981 y 1987 669 - Real Decreto 1407/1987, de 13 de noviembre, por el que se regulan las Entidades de inspección y control reglamentario en materia de seguridad de los productos, equipos e instalaciones industriales. 670 - Real Decreto -Ley 1/1986, de 14 de marzo, de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales. Artículo 1. 671 - Real Decreto -Ley 1/1986, de 14 de marzo, de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales. Artículo 6, por el que se suprime el requisito de la previa autorización, recogido en el artículo 187.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 2065/1974, de 30 de mayo. 672 - Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.

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