La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

7. OTRAS NORMAS Y DOCUMENTOS DE INTERÉS, RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DE LA LEY 31/1995 DE P.R.L. 466 2.3. Contaminantes químicos y biológicos: Observaciones sobre la utilización y/o la presencia de estos contaminantes en el medio laboral. Los contaminantes químicos y biológicos, siempre han ido unidos a gran parte de las tareas desarrolladas por el ser humano y por lo tanto han estado presentes en la actividad laboral, siendo particularmente los considerados peligrosos, una de las preocupaciones que llevaron a establecer los primeros postulados preventivos, tal como ha quedado reflejado en anteriores capítulos. Por lo tanto, la necesidad de regular su utilización, ha sido una constante a lo largo de los tiempos, de manera que partiendo de su definición, se pudieran identificar y establecer las consiguientes medidas preventivas. 2.3.1. Consideraciones sobre el uso y el control de los productos químicos. Debe comenzarse indicando que la OIT, en el año 1990, definió como producto químico peligroso: ―… todo producto químico que haya sido clasificado como peligroso de conformidad con el artículo 6 644 o respecto del cual existan informaciones pertinentes que indiquen que entraña un riesgo ‖. Asimismo definió este aspecto en la utilización de productos químicos como 645 : ―… toda actividad laboral que podría exponer a un trabajador a un producto químico, y comprende: I. la producción de productos químicos; II. la manipulación de productos químicos; III. el almacenamiento de productos químicos; IV. el transporte de productos químicos; V. la eliminación y el tratamiento de los desechos de productos químicos; VI. la emisión de productos químicos resultante del trabajo; VII. el mantenimiento, la reparación y la limpieza de equipos y recipientes utilizados para los productos químicos.‖ 644 - Se refiere al contenido del artículo 6 del Convenio C.170 de la OIT. 645 - Artículo 2º apartado c, del Convenio C.170, sobre los productos químicos, del año 1990. Convenio sobre la seguridad en la utilización de los productos químicos en el trabajo (Entrada en vigor: 04 noviembre 1993). Adopción: Ginebra, 77ª reunión CIT (25 junio 1990). .

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