La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

7. OTRAS NORMAS Y DOCUMENTOS DE INTERÉS, RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DE LA LEY 31/1995 DE P.R.L. 442 mismo tiempo, la Directiva establece valores límite de exposición (VLE) y valores que dan lugar a una acción (VA), y al mismo tiempo recoge, que deberán ser tomados en consideración, tanto los trabajadores expuestos a riesgos particulares, como los posibles efectos indirectos de los campos electromagnéticos. Sin embargo, la Comisión dejó abierta una puerta para estudiar nuevos datos, informando al Parlamento Europeo y al Consejo y teniendo en cuenta la información adecuada y procedente de los Estados miembros, las últimas investigaciones disponibles y los conocimientos científicos nuevos, derivados de los datos de este ámbito. Por otra parte, a todo lo anterior debe añadirse, que en lo referente a la elaboración por parte de los Estados miembros, de los respectivos informes que deben hacer llegar a la Comisión, esta Directiva se encuentra afectada asimismo, por la Directiva 621 2007/30/CE. Complementariamente a lo recogido con anterioridad, dentro del entorno europeo han ido estableciéndose otras iniciativas, relacionadas con la radiaciones no ionizantes. Así, en el año 2006, se adoptó la Directiva 622 2006/25/CE, referida al tratamiento de los riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, a causa de los efectos nocivos en los ojos y en la piel, que pueden ser causados por la exposición a radiaciones ópticas artificiales, dentro del tramo de longitud de onda comprendido entre los 100 nm y 1 mm: Radiación ultravioleta, infrarroja y visible (laser e incoherente). Para ello se establecen definiciones y límites de exposición. Asimismo debe mencionarse el ― Proyecto Internacional CEM ‖ 623 , creado por la OMS y liderado por la ICNIRP, que si bien no es una acción específica Europea, cuenta con la participación del conjunto de los Estados miembros, al tiempo que debe recordarse que, la Unión, toma en consideración las recomendaciones de esta organización, para la elaboración de sus propuestas e iniciativas en este terreno. 621 - Directiva 2007/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2007, por la que se modifica la Directiva 89/391/CEE del Consejo, sus directivas específicas y las Directivas 83/477/CEE, 91/383/CEE, 92/29/CEE y 94/33/CE del Consejo, a fin de simplificar y racionalizar los informes sobre su aplicación práctica (DO L 165/21 de 27.6.2007). 622 - Directiva 2006/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2006 sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a riesgos derivados de los agentes físicos (radiaciones ópticas artificiales) (decimonovena Directiva específica con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 89/ 391/CEE). (DO L 114 de 27.4.2006, p. 38/59). 623 - Como parte de su mandato de proteger la salud pública, y en respuesta a la preocupación pública por los efectos sobre la salud de la exposición a CEM, la Organización Mundial de la Salud (OMS) creó en 1996 el Proyecto Internacional CEM para evaluar las pruebas científicas de los posibles efectos sobre la salud de los CEM en el intervalo de frecuencia de 0 a 300 GHz. http://www.who.int/peh-emf/project/es/.

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