La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

7. OTRAS NORMAS Y DOCUMENTOS DE INTERÉS, RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DE LA LEY 31/1995 DE P.R.L. 430 comunicaciones, preguntas y en último caso Directivas, entre otros. De todos ellos, se presenta a continuación una selección ordenada temporalmente, que se ha considerado mínima e imprescindible, para poder comprender el proceso seguido hasta la fecha, y que puede servir de base, para posteriores ampliaciones complementarias. A.1. Sobre las radiaciones ionizantes: La primera iniciativa llevada a cabo por la Comunidad sobre las ionizantes, se estableció en 1959, año en el que el Consejo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, a propuesta de la Comisión, visto el criterio del Comité Económico y Social y previa consulta a la Asamblea, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del Tratado, adoptó un conjunto de Documentos y Directivas (recogidas en la serie de Tablas 11 y 12, en las páginas siguientes), que establecieron normas básicas, relativas a la protección sanitaria de la población y de los trabajadores, contra los peligros derivados de las radiaciones ionizantes, en las que se recogieron un conjunto de definiciones y se establecieron límites de exposición. No obstante, si bien inicialmente esta iniciativa sirvió de referente y de punto de partida, posteriormente la Comunidad ha ido tomando otro conjunto decisiones, motivadas fundamentalmente por el desarrollo y la evolución de los conocimientos científicos, en materia de protección radiológica, que la han ido desarrollando, a través de distintas acciones complementarias y de diferentes modificaciones. En este sentido, especialmente importante es la serie de Directivas que, bajo la denominación común de ― Euratom ‖, continuaron el proceso que se inició en el año 1959. Asimismo durante el período 1959-2013, se estableció un abundante e importantísimo conjunto de iniciativas, traducidas en muchos casos en Resoluciones, Reglamentos, Comunicaciones y Decisiones. De todo ello, asimismo en la serie de Tablas 11 y 12, que se incluyen a continuación en las páginas siguientes, solo se han extractado 28 de estos documentos, que se han considerado más indicativos y próximos al tema que nos ocupa. Debe tenerse en cuenta, que las actuaciones, dentro del entorno europeo, han sido enormemente extensas, yendo encaminadas no solo al ámbito laboral, sino también a la población en general y al resto de actividades comerciales, industriales y otras afectadas directa o

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