La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

7. OTRAS NORMAS Y DOCUMENTOS DE INTERÉS, RELACIONADOS CON LA APLICACIÓN DE LA LEY 31/1995 DE P.R.L. 418 características del oído y de su enorme adaptabilidad a los distintos ambientes sonoros 586 . Así, por ejemplo, importantes niveles de presión sonora, percibidos, por ejemplo, como aceptables, por tener un componente armónico o agradable, pueden tener los mismos o mayores efectos negativos que otros desagradables, con el inconveniente de que, ante ellos, el individuo no se plantea la necesidad de una protección, es más, en muchos casos esta sería rechazada por el sujeto afectado, por considerarla innecesaria o porque impide la sensación o el efecto buscado. A todo ello debe unirse, la enorme dificultad que se deriva, tanto de su tratamiento y de las formas de medición, como los costes que representa el afrontamiento específico de este problema. En este sentido debe indicarse que, el propio Consejo Europeo, entre los considerandos recogidos en el documento por el que asume la Propuesta de Directiva 587 , elaborada por la Comisión en el año 1993, se recoge el siguiente: ― Considerando que los conocimientos científicos actuales relativos a los efectos sobre la salud de la exposición a los agentes físicos no permiten definir niveles precisos de exposición que cubran todos los riesgos para la salud, en particular, por lo que respecta a los efectos no auditivos del ruido ‖. Por esta razón, a la hora de establecer unos niveles mínimos aceptables de seguridad, a lo largo del tiempo y dentro del entorno laboral, las distintas resoluciones adoptadas, han estado basadas en acuerdos o convenios, que si bien han tenido y tienen un importante componente científico, soportado tanto en diferentes estudios como en la experiencia, también han tenido muy en cuenta criterios económicos. No obstante la evidencia en particular, de que la exposición a unos ciertos niveles de presión sonora, bien de forma instantánea o mantenidos en el tiempo, provocan los daños auditivos descritos con anterioridad, afectando de forma significativa a un número muy importe de trabajadores, ha hecho que sea uno de los factores centrales, en las iniciativas preventivas marcadas, tanto desde los organismos internacionales (OIT- OMS), como en el ámbito específico de diferentes países y en particular de los más desarrollados. 586 - El rango de frecuencias en el que el oído humano es capaz de detectar sonidos, se encuentra los 16 Hz y los 16.000 Hz, y la intensidad entre 0 dB y 140 dB. 587 - Propuesta de Directiva del Consejo sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (93/C 77/02) COM(92) 560 final — SYN 449 (Presentada por la Comisión el 8 de febrero de 1993).

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