La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

6. DESARROLLO Y EVOLUCIÓN DE LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (PRL) Y DE SU ENTORNO. 392 prestar las Entidades Especializadas, que actúan como Servicios de Prevención, tal como se recoge a continuación de forma resumida:  Artículo 2: Sobre el Plan de Prevención de Riesgos Laborales y la Evaluación de Riesgos en las empresas de hasta 50 trabajadores, que podrán realizar de manera simplificada, tanto este Plan de Prevención, como la Evaluación de Riesgos y la Planificación de la Actividad Preventiva, siempre que esto no represente una merma, en los niveles de Protección de los Trabajadores .  Artículo 11 (modificado posteriormente por Real Decreto 899/2015) 542 : Sobre las circunstancias, en las que el empresario puede asumir personalmente la actividad preventiva, ampliándolas a las empresas de diez trabajadores, con excepción de las actividades relativas a la Vigilancia de la Salud.  Artículo 15: Sobre la organización y los medios de los Servicios de Prevención Propios, en relación con la memoria y la programación anual del Servicio de Prevención, que deberá mantenerse a disposición, tanto de las Autoridades Laborales y Sanitarias Competentes, como del Comité de Seguridad y Salud Laboral.  Artículo 17: Sobre los Requisitos de las Entidades Especializadas, para poder actuar como Servicios de Prevención Ajenos, que deberán contar con la acreditación de la Administración Sanitaria, en lo que se refiere a los aspectos de carácter sanitario, previamente a la acreditación de la Administración Laboral.  Artículo 18 (modificado posteriormente por Real Decreto 899/2015): Sobre los recursos materiales y humanos de las Entidades Especializadas, que actúen como Servicios de Prevención Ajenos, que deberán contar como mínimo con un Técnico Cualificado, en cada una de las especialidades descritas para el nivel Superior, salvo en Medicina del Trabajo, que la dotación deberá ser al menos, de un médico especialista en Medicina del Trabajo o Diplomado en Medicina de Empresa y un ATS/DUE de empresa.  Artículo 19: Sobre las funciones de las Entidades Especializadas, que actúen como Servicios de Prevención, a las que se les permite subcontratar los servicios de otros profesionales o Entidades, de forma puntual y en aquellos casos que precisen de una especialización, así como arrendar instalaciones y medios 542 - Real Decreto 899/2015, de 9 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP).

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