La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual
6. DESARROLLO Y EVOLUCIÓN DE LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (PRL) Y DE SU ENTORNO. 369 las citadas Administraciones, en las labores de asesoramiento, información y comprobatorias de las condiciones de Seguridad y Salud, especialmente en las empresas y centros de trabajo de mediano y pequeño tamaño y en aquellos sectores considerados de mayor nivel de riesgo o con una mayor siniestralidad. Esta figura será analizada de forma más pormenorizada, en el capítulo 14, punto 2.1. 3. Otros aspectos destacables sobre la evolución del marco legal establecido a partir de la Ley 31/1995 de P.R.L. Además de los aspectos evolutivos específicos, recogidos en puntos anteriores, tanto la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, como el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), han ido sufriendo distintas modificaciones, a través de la publicación de diferentes normativas, dirigidas a unas veces a desarrollar o complementar aspectos concretos y otras a variar sus contenidos, en ocasiones de manera muy significativa. A continuación se recogen algunas de estas actuaciones, que destacan especialmente por su importancia o su particularidad. 3.1. Sobre el papel de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEPSS) en las actividades preventivas. El papel desarrollado en materia Preventiva-Laboral, desde la publicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (MATEPSS), ha pasado de una intervención activa en el año 1996, pudiendo actuar como Servicio de Prevención Ajeno, aunque limitado a sus empresas asociadas, tal como se recogía en el artículo 32 de la citada Ley, a la total prohibición del desarrollo de esta actividad, teniendo en la actualidad y en este campo, una función tangencial y complementaria, de asesoramiento a sus empresas asociadas, al tiempo que se le encomiendan labores participativas y de apoyo, en los planes preventivos elaborados desde la Administración. Para describir el recorrido seguido, debería partirse del Reglamento, sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), del año 1995 476 , que permitió a estas Entidades, la creación de servicios para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como el establecimiento de instalaciones, para llevar a cabo esta actividad. Más 476 - Real Decreto 1993/1995 de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Artículo 13.
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