La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

6. DESARROLLO Y EVOLUCIÓN DE LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (PRL) Y DE SU ENTORNO. 348 Por otra parte debe hacerse hincapié, en que lo recogido en los puntos anteriores, está referido a las Entidades Especializadas, cuyo objetivo sea el de ejercer como Servicios de Prevención Ajenos, sin que exista referencia alguna, para de los Servicios de Prevención Propios, en cuyo caso parece no existir ninguna variación, con lo establecido inicialmente en el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), manteniéndose la premisa de contar, como mínimo, con dos de las especialidades o disciplinas preventivas, por lo que, a la vista de la necesidad reguladora, que dio motivos para concretar las dotaciones para los Servicios de Prevención Ajenos, parece evidente que, esta misma necesidad, debería al menos, bien extender su aplicación a los Servicios de Prevención Propios o bien actualizar el tratamiento dado, dotándoles de una nueva regulación, basada en los mismos parámetros de análisis. 1.5. Las funciones y la cualificación del personal Técnico-Preventivo especializado. A lo largo del todo proceso evolutivo, sufrido por la Prevención de los Riesgos Laborales en nuestro país, fueron desarrollándose múltiples aspectos, de las distintas disciplinas que componen este campo, con la contribución inestimable de buen número de técnicos muy cualificados, dependientes del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), de cuyo esfuerzo y dedicación dan fe, entre otros muchos, el gran número de estudios, Normas Técnicas y documentos publicados, de un valor inestimable, dado que han sido una referencia solvente de primer nivel, a lo largo de los años y han conformado la base, sobre la que se ha asentado el conocimiento científico en este campo en nuestro país. Todo ello unido a una relación muy directa con otros profesionales, que desarrollaban labores en el mismo terreno, en las Mutuas de Accidentes de Trabajo o en los entornos universitarios y en algunas empresas, así como a la colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Debe indicarse a este respecto, como ya ha quedado recogido en puntos anteriores, que la disciplina relacionada directamente con la Medicina del Trabajo, ya contaba con un número importante de médicos y enfermeros, aunque no del todo suficiente, con una acreditación de carácter universitario, encuadrados en una organización expresa, la OSME, con una dilatada experiencia, que desaparece como tal y que a partir de este momento, todos sus recursos debieron integrarse en el nuevo sistema. No obstante y

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