La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

5. EL NUEVO MARCO PREVENTIVO ESTABLECIDO POR LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 332 - Ministerio del Interior: o Dirección General de Protección Civil. o Dirección General de Tráfico. - Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: o Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior. o Instituto de Salud Carlos III. o Escuela Nacional de Medicina del Trabajo. - Ministerio de Empleo y Seguridad Social: o Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). o Secretaría de Estado de la Seguridad Social.  Instituto Social de la Marina (ISM). Dependientes de las Comunidades Autónomas: Los Órganos de las Comunidades Autónomas, relacionados con la materia Preventiva-Laboral, encuadrados en las distintas consejerías de cada Comunidad. Otros proveedores: Asimismo forman parte de esta Red, las Organizaciones Empresariales y Sindicales y un nutrido grupo de Entidades, formado por otras asociaciones empresariales o profesionales, universidades, Mutuas Patronales o agencias, sociedades o asociaciones, relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales. Debe indicarse, que la Red Nacional se encuentra integrada en la Red Europea y por lo tanto, íntimamente ligada a la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, de manera que los proveedores de la Red, deben establecer enlaces con la Dirección de esta Agencia. 2.2.2.3. La Red de Institutos Públicos de Investigación en Prevención de Riesgos Laborales. La creación de esta Red tuvo su origen, en el mandato establecido en el objetivo 5, de la Estrategia Española de Salud y Seguridad en el Trabajo 2007-2012, que recoge la necesidad de perfeccionar los sistemas de información e investigación, encargando al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), la misión de incentivar estas actividades.

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