La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

5. EL NUEVO MARCO PREVENTIVO ESTABLECIDO POR LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 321 Asimismo, el empresario deberá definir la forma de actuación del trabajador, dentro de los procedimientos del Sistema de Gestión, en el caso de que este detecte un riesgo de esta naturaleza, que le afecte a él mismo, a otros trabajadores y/o a las personas ajenas a la empresa, que puedan estar afectadas por el suceso y no pueda ponerse en contacto con sus superiores jerárquicos. 2.1.2.2. Las obligaciones de los trabajadores. Los trabajadores deben atender a una serie de obligaciones, derivadas del cumplimiento específico de la normativa, y de la cooperación necesaria, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, tanto en lo que se refiere a su propia seguridad, como a la del colectivo en el que se encuentran integrados, de manera que de la inobservancia de este mandato, pueden derivarse asimismo responsabilidades. Los incumplimientos en estos casos, debidos tanto a los actos como a las omisiones en el trabajo, tendrán la consideración de incumplimiento laboral 408 , o de falta cuando se refiera a funcionarios públicos, de acuerdo a la propia normativa de aplicación 409 . 2.1.2.3. La obligación de confidencialidad. Existe una obligación de confidencialidad, en relación con la información obtenida por los representantes, tanto de la empresa como de los trabajadores, derivada del ejercicio de su función representativa, no pudiendo utilizarse los datos obtenidos para otros fines distintos, al objetivo preventivo para el que fueron facilitados. Esta obligación incluye, obvia y muy expresamente, los posibles datos de naturaleza sanitaria y atañe muy especialmente al personal técnico (médicos, enfermeros, fisioterapeutas, auxiliares, etc.) y administrativo, dependiente del área de Medicina del Trabajo, en el desarrollo de sus funciones preventivas, de cuyo incumplimiento podrían derivarse sanciones muy graves 410 . El derecho de la Vigilancia de la Salud, va acompañado de la obligación de confidencialidad de los datos médicos, que se deriven de los mecanismos utilizados para llevarla a cabo y del derecho a la intimidad de las personas, por lo que no podrán en ningún caso transcender del entorno sanitario, ni utilizarse como forma de selección de los trabajadores o para cualquier otro fin, 408 - En estos casos se atenderá al contenido del artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores. 409 - En estos casos se atenderá a la normativa correspondiente sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones Públicas. 410 - Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, artículo 13 (Infracciones muy graves), apartado 5. .

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