La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

5. EL NUEVO MARCO PREVENTIVO ESTABLECIDO POR LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 317 2.1.2. Relativo a las obligaciones. En presente punto irá dirigido al análisis de aquellas obligaciones, que tienen una relación más directa con el desarrollo de la ― Gestión Preventiva ‖. 2.1.2.1. La obligación y el compromiso preventivo del empresario. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece, que el empresario, en cumplimiento del deber de protección, ―… deberá garantizar la Seguridad y la Salud de los Trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo ‖ 402 . Este es un mandato claro y firme, ante el que no caben matizaciones o limitaciones, por lo tanto, a él le incumbe la responsabilidad de llevar a cabo las actuaciones preventivas, desde el mismo momento en el que se define del proyecto empresarial, a través del diseño de un Sistema de Gestión adecuado, y de su consiguiente implantación efectiva en el entorno laboral. Por otra parte, las labores preventivas, se extienden al deber de coordinación entre empresas, cuando las actividades se desarrollen en el mismo entorno físico, o cuando un empresario encargue a otro, actuaciones en sus instalaciones o con sus propios medios o materiales. A continuación se tratarán algunos de los aspectos específicos, incluidos en esta obligación y en este compromiso, de forma más pormenorizada: A. La obligación de desarrollar e implantar un Plan de Prevención. El Plan de Prevención 403 es la herramienta esencial, que recoge la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, para el desarrollo de la acción preventiva en la empresa que, partiendo de la definición de la política preventiva, se configure como un verdadero Sistema de Gestión, de la Prevención de los Riesgos Laborales, con todos los elementos que lo configuran, de manera que tendrá que contener, al menos, la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios, para realizar la acción de prevenir de riesgos. Además, el empresario, debe llevar a cabo las actuaciones que sean precisas, para que este Plan de Prevención, se integre en el Sistema de Gestión general de la empresa y en todos los niveles jerárquicos y de producción, además de establecer un sistema de seguimiento, del cumplimiento efectivo de sus contenidos. 402 - Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre. Artículo 14 (derecho a la protección frente a los Riesgos Laborales), apartado 2. 403 - Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre. Artículo 16 (Plan de Prevención de Riesgos Laborales, Evaluación de los Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva). .

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