La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

5. EL NUEVO MARCO PREVENTIVO ESTABLECIDO POR LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 305 Todo ello puede dar una idea, de la repercusión que ha tenido la Directiva ― Marco ‖ en el contexto europeo, promoviendo una enorme actividad normativa y reguladora en este terreno, de manera que, para conocer su importancia, la Unión Europea llevó a cabo en el año 2004, un análisis sobre incidencia de la publicación de esta Directiva y de otras cinco relacionadas, que se materializó en una Comunicación de la Comisión Europea 382 , dirigida a las distintas Instituciones implicadas, en la que consideraba como muy positivo el impacto que esta legislación había tenido, en el marco normativo de los distintos países, traduciéndose en un avance notable, de la ― Cultura de Prevención ‖ en el ámbito laboral. La totalidad de Directivas publicadas, relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo y divididas por materias, puede consultarse en la página de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo 383 . No obstante debe indicarse, que existe otro grupo de Directivas técnicas, adoptadas a la luz del artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que contienen referencias a este campo, cuyos contenidos son actualizados periódicamente, por los Órganos de Normalización europeos 384 . 2. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, de 8 de noviembre del año 1995, que entró en vigor el mes de febrero del año siguiente (tres meses después), como se ha indicado anteriormente, transpuso a nuestro Ordenamiento Jurídico la Directiva 89/391/CEE (Directiva ― Marco ‖) y como asimismo ya ha quedado recogido, tuvo en cuenta al mismo tiempo, los compromiso adquiridos por la ratificación del Convenio C.155 y por la Recomendación R.164 de la OIT, siendo su filosofía de diseño completamente distinta, de la que marcó los planteamientos, sobre los que se redactó en su momento la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, a la que vino a sustituir. 382 - Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la aplicación práctica de las disposiciones de las Directivas de Salud y Seguridad en el Trabajo 89/31(Directiva ―Marco‖), 89/654 (Lugares de trabajo), 89/655 (Equipos de trabajo), 89/656 (Equipos de protección individual), 90/269 (Manipulación manual de cargas) y 90/270 (Pantallas de visualización). Comisión de las Comunidades Europeas, Bruselas, 05.02.2004 COM (2004) 62 final. 383 - Directivas Europeas sobre Salud y Seguridad en el Trabajo. Consultar la página: https://osha.europa.eu/es/safety-and-health- legislation/european-directives. 384 - Órganos de Normalización europeos: El Comité Europeo de Normalización (CEN), el Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC) y el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicación (ETSI). .

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