La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

5. EL NUEVO MARCO PREVENTIVO ESTABLECIDO POR LA LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 295 Directiva ― Marco ‖, el Convenio C.155 de la OIT y fundamentalmente la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, por lo que dada su importancia merecen un análisis en profundidad de sus contenidos, así como y muy especialmente, de la evolución y de las modificaciones, que ha ido sufriendo citada Ley desde publicación, de las distintas Normas que han hecho posible su desarrollo y de aquellos otros aspectos que han ido derivándose de su entrada en vigor, completando el actual marco Preventivo-Laboral en nuestro país, dentro de un nuevo entorno, cuya descripción y análisis, son los objetivos que se pretenden cubrir tanto en este, como en los siguientes capítulos que componen el presente apartado. 1.1. El convenio C. 155 y la Recomendación R. 164 de la OIT El Convenio C.155 fue adoptado por la OIT, el día 22 de junio del año 1981, bajo la denominación de ― Convenio sobre la Seguridad y Salud de los Trabajadores, 1981 ‖, también denominado como ― Convenio sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de trabajo ‖, en la 67ª reunión de la CIT 378 , entrando en vigor el día 11 de agosto del año 1983. En España, su ratificación se produjo el día 26 de julio del año 1985, entrando en vigor el día 11 de septiembre del año 1986, según quedó publicado en el BOE 379 y asimismo consta en la Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores, de fecha 31 de Octubre de 1985. Una vez producida la ratificación, el citado Convenio alcanzó el rango de Acuerdo Internacional y por lo tanto, nuestro país, se encuentra obligado a cumplirlo en todos sus términos. De entre sus contenidos, el aspecto más relevante, es el que se refiere a la denominada ― Estrategia invocada por el Convenio C.155 ‖, dirigida a establecer las bases, que deben seguir las políticas de los Estados, en aquellos aspectos esenciales, relativos a la Seguridad y Salud en el Trabajo, tanto en lo que tiene que ver con el diseño, como con su aplicación y su control, a través de revisiones periódicas. Estas políticas, deben tener en cuenta como elemento esencial, la total ― participación ‖ en todos los aspectos, tanto de los empleadores, como de los trabajadores y de las organizaciones que los representan, incluyendo los trabajadores dependientes de la Administración Pública, así como de otras partes que pudieran encontrarse implicadas, estableciendo de esta forma, un marco amplio y permanente de colaboración para su desarrollo, siendo esta nueva 378 - CIT (Conferencia Internacional del Trabajo): Denominación que recibe la reunión anual que celebran los Estados miembros de la OIT en el mes de junio en Ginebra, Suiza. 379 - Instrumento de Ratificación del Convenio número 155 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente de Trabajo, adoptado en Ginebra el 22 de junio de 1981. (Jefatura del Estado, BOE de 11/11/1985). .

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