La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

4. INSTRUMENTOS DESTACADOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL, RELACIONADOS CON EL CAMPO PREVENTIVO-LABORAL, QUE AFECTAN A ESPAÑA . 245 Como consecuencia, en el Consejo de Colonia se promovió una vía alternativa, a través de la cual pudiera establecerse un procedimiento con capacidad legal, con el que alcanzar estos objetivos, encargándose los trabajos correspondientes a la elaboración de este proyecto, no a una Conferencia Intergubernamental (CIG), como era tradicional en estos casos, sino a una nueva figura, a la que se denominó ― Convención ‖, dirigida por un ― Praesidium ‖, e integrada por 62 miembros, en representación de la Comisión, de los Jefes de los Estado y/o de los Gobiernos y de los Parlamentos Nacionales y Europeo, que tuvo su continuidad en un nuevo Consejo celebrado en la ciudad Finlandesa de Tampere, los días 15 y 16 de octubre del mismo año, debiendo señalarse, como una de las singularidades más importantes, del nuevo enfoque dado con la constitución de esta ― Convención ‖, el carácter abierto, participativo y transparente del grupo de trabajo. Muestra de ello fue, además de la publicidad que se le dio a sus trabajos, la asistencia, como observadores, de miembros del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) y del Consejo de Europa, así como la participaron, como invitados, de otras Instituciones, tales como el Comité de las Regiones (CDR) o el Comité Económico y Social Europeo (CESE), dando cabida, asimismo, a las opiniones de otras organizaciones no gubernamentales y sindicales. La Convención presentó sus conclusiones en un texto, considerado como definitivo, el día 2 de octubre del año 2000, que posteriormente fue aprobado en La Cumbre de Biarritz, el siguiente día 7 del mismo mes y finalmente proclamado solemnemente por el Consejo Europeo, celebrado en la ciudad francesa de Niza, los días 7 y 9 de diciembre del mismo año, con el propósito de modificar los Tratados vigentes hasta ese momento y reformar la Estructura Institucional de la Unión Europea, de cara a su próxima ampliación. No obstante, tampoco en esta ocasión pudo conseguirse el objetivo, de dar un carácter vinculante a los contenidos de la esta nueva Carta, figurando solamente como un anexo al Tratado, que se firmó como consecuencia de este Consejo. Así las cosas se abrió un largo camino, que se inició con un nuevo intento de otorgar, a los derechos proclamados en la cumbre de Niza, una categoría jurídica, incluyéndolos, con ciertas matizaciones, en el nuevo proyecto, de establecer una Constitución Europea, cuyo texto fue publicado en el año 2003. Sin embargo este objetivo tampoco pudo cumplirse, al fracasar la ratificación del texto Constitucional por los distintos

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