La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

4. INSTRUMENTOS DESTACADOS EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL, RELACIONADOS CON EL CAMPO PREVENTIVO-LABORAL, QUE AFECTAN A ESPAÑA . 241 Del contenido de esta obligación, se han desprendido diversas notificaciones sobre incumplimientos, dirigidas a los diferentes Estados, entre los que se encuentra España. Nuestro país firmó en la Carta Social Europea de 1961, el día 27 de abril del año 1978, y posteriormente fue ratificada, el día 29 de abril del año 1980 294 , entrando en vigor, el día 5 de junio del mismo año, pasando a partir de ese momento, a formar parte del Ordenamiento Jurídico español, la totalidad de los contenidos de la Carta, con las restricciones recogidas en el documento de ratificación 295 , a las que debe añadirse, una posterior denuncia, del año 1991, al artículo 8.4.b 296 . Más adelante, España firmó el día 5 de mayo de 1988, el Protocolo Adicional del año 1988 297 , que fue ratificado el día 7 de enero del año 2000, entrando en vigor el día 23 de febrero del mismo año. No obstante, desde esa fecha, nuestro país no se ha incorporado a ninguno de los procesos posteriores, relacionados con la evolución de la Carta, por lo que no ha ratificado ni el Protocolo del año 1995 298 , ni la ― Carta Social Europea Revisada ‖ del año 1996. Como complemento a lo recogido con anterioridad debe indicarse que, como ha podido observarse, la gran flexibilidad establecida para la asunción de esta Carta y para el cumplimiento de sus contenidos, permite a las Partes Contratantes mantener una situación, que dista mucho de las exigencias contenidas en otros Tratados, dentro del mismo entorno político, cuyos aspectos obligatorios son más precisos y homogéneos, y en los que las Resoluciones de los instrumentos de control, tienen una mayor capacidad vinculante, lo que desafortunadamente ha redundado, en un deterioro de la imagen y de la importancia de este documento, y de la voluntad política de los Estados de asumir compromisos, relacionados con las cuestiones sociales. No obstante, no puede negarse la influencia que tiene como elemento de referencia, al que se han remitido y continúan remitiéndose, otros documentos y normativas relacionadas, tanto en el ámbito internacional europeo como nacional, dado que sus contenidos forman parte de un Tratado formal, a cuyo cumplimiento, en la medida descrita, se encuentran obligados los Estados firmantes. 294 - Instrumento de Ratificación de 29 de abril de 1980, de la Carta Social Europea, hecha en Turín de 18 de octubre de 1961. B.O.E. Nº. 153, de 26 de junio de 1980. 295 - Las restricciones se refieren al derecho sindical y al derecho de negociación colectiva indicada en su declaración. 296 - Denuncia efectuada por España al artículo 8.4.b, por el que se prohíbe el empleo femenino en trabajos subterráneos de minería y en cualesquiera otros que no sean adecuados para la mujer por su carácter peligroso, penoso e insalubre, que surtió efecto para España a partir del 5 de junio de 1991 (B.O.E. 10 mayo 1991). 297 - Instrumento de Ratificación por parte de España del Protocolo Adicional a la Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1988. B.O.E. Nº. 99, de 25 de abril de 2000. 298 - Protocolo adicional a la carta social europea que prevé un sistema de reclamaciones colectivas.- (Adoptado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 22 de junio de 1995 y abierto a la firma 9 de noviembre de 1995).

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