La Prevención de los Riesgos Laborales desde Roma hasta la España actual

1. EL CONCEPTO DE TRABAJO Y SU ENTORNO: DEFINICIÓN Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA. 127 Asimismo, dado que la actividad realizada lleva implícito el servicio a un tercero, confiere a este hecho una relación de dependencia, bien directa o indirecta, del prestador del servicio respecto del demandante. En el ámbito de esta definición, cabe destacar un aspecto de enorme importancia, como es el de que quedarían excluidas de la consideración de trabajo, las actividades realizadas por cuenta propia, tanto de trabajadores autónomos, como de profesionales liberales, dado que, aunque su actividad lleve implícita, la realización de un servicio a un tercero, no se ejecuta por cuenta ajena y no existe una relación de dependencia, por lo que se consideraría una actividad mercantil, algo que si lo tomásemos al pie de la letra, desde el punto de vista Preventivo-Laboral no tendría sentido, y por lo tanto, en cuanto a lo que concierne a este terreno, parecería necesario llevar a cabo una revisión conceptual, acorde con el derecho a la Salud y la Seguridad en todas sus vertientes, y alejada del actual criterio excluyente.

RkJQdWJsaXNoZXIy NjkzMDM1