Catálogo de servicios PRL

Invertir en salud es rentable. Sin salud no hay trabajo Reconocimiento a la reducción de siniestralidad laboral ¿En qué consiste? El Bonus establece un sistema de incentivos para el beneficio de aquellas empresas que hayan contribuido a la reducción de la siniestralidad laboral. ¿Qué norma lo regula? R.D. 231/2017, de 10 de marzo. Orden ESS/256/2018, de 12 de marzo. ¿A qué entidades afecta? Todas las empresas que coticen a la Seguridad Social por contingencia profesional y que cumplan los requisitos. ¿Cuantía? El 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación. Cuando por parte de la empresa existan inversiones en acciones preventivas complementarias, el incentivo alcanzará hasta el 10% de las cuotas o el límite de inversión. Plazo de presentación Del 15 de abril al 31 de mayo de cada año. ¿Dónde lo presento? A través de la Oficina Digital o de manera presencial, en cualquiera de nuestras direcciones provinciales o delegaciones. Si tienes cualquier duda, contacta con nosotros. Bonus por reducción de sinestralidad www.fraternidad.com/previene SIN INVERSIÓN EN PREVENCIÓN: Bonus de hasta el 5% de cuotas por contingencias profesionales. Al corriente de pago en Seguridad Social. No más de dos sanciones graves y ninguna muy grave. Cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL). Cotizar más de 5.000 € en un máximo de 4 años, o más de 250 € en 4 años accediendo como pequeña empresa. No superar índices de siniestralidad. INCENTIVO ECONÓMICO ESTIMADO ANUAL +15.090.367 SOLICITUDES ANUALES +8.419

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