Catálogo de servicios de Fraternidad-Muprespa
fraternidad.com CUIDANDO DE TI Y DE LOS QUE ESTÁN POR LLEGAR… C uando las condiciones del puesto de trabajo, puedan influir negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del futuro bebé, o bien en la salud de ambos durante la lactancia natural, y no resulte posible cambiar su puesto de trabajo por otro compatible con su estado , será declarada en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo o lactancia natural . En estos casos, la ley establece una prestación económica que tendrá la consideración de contingencia profesional. La cuantía de esta prestación es un subsidio del 100% de la base reguladora. Para su tramitación , la trabajadora comunicará al empresario su embarazo. En el caso de considerarse que puede existir un riesgo en el puesto de trabajo, deberá solicitar al Servicio Público de Salud un informe médico en el que se manifieste su situación y fecha probable del parto y acudir a su Mutua, para que ésta lo certifique (a los efectos previstos en el art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales). Certificada la existencia de riesgo por parte de la Mutua, si la adaptación de condiciones o del tiempo de trabajo no resultaran posibles o, a pesar de tal adaptación, las condiciones del puesto de trabajo pudieran seguir influyendo negativamente en la salud de la trabajadora embarazada o del futuro bebé, se procederá a suspender el contrato de trabajo y solicitar la prestación ante la Mutua. PROCESOS RECONOCIDOS PRESTACIONES ABONADAS 7.247 35,5 mill. € Queremos que puedas trabajar en las mejores condiciones disfrutando de tu estado de gestación sin preocuparte por tu salud o la de tu hijo, pero… Prestación por riesgo en el embarazo y lactancia > Cuantía La prestación económica consistirá en un subsidio equivalente al 100%de la base reguladora. > Duración Nacerá el día en que se inicie la suspensión del contrato de trabajo y finalizará el día anterior al de la maternidad (en los casos de Riesgo de Embarazo) y en la prestación de Lactancia Natural se extinguirá en el momento en que el hijo cumpla los 9 meses o se haya reincorporado con anterioridad a su puesto de trabajo u a otro compatible con su situación. INFORMACIÓN SOBRE LA PRESTACIÓN
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