Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Organismo que depende del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y al que en materia de Prevención de Riesgos Laborales le corresponde la función de vigilancia y control de la normativa. Sus funciones son:
  • Vigilar el cumplimiento de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo.
  • Propuestas de sanción.
  • Asesorar e informar a las empresas y trabajadores.
  • Elaborar informes, a petición de los Juzgados de lo Social, sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Informar a la autoridad laboral sobre los accidentes y enfermedades profesiones mortales, graves y muy graves.
  • Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Servicios de Prevención.
  • Paralizar inmediatamente aquellos trabajos en los que se advierta riesgo grave e inminente.
  • Colaboración pericial.