VIII curso de verano de Osalan de Seguridad y Salud Laborales: "Prospectiva tecnológica y PRL" (San Sebastián, 21 y 22 de junio)
Fuente: www.osalan.euskadi.eus
1997 fue el año en que se produjo una eclosión normativa en desarrollo de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Desde el R. D. 39 /1997 Reglamento de los Servicios de Prevención de 17 de Enero hasta los R.D. de 14 de Abril (el 485 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo, el 486 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, el 487 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas , el 488 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización de datos), de 12 de mayo (el 664 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos, el 665 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos), de 30 de Mayo (el 773 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual), de 18 de Julio (el 1215 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, el 1216 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca), de 5 de Septiembre (el 1389 por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras) y de 24 de Octubre (el 1627 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción).
Es obligado reconocer que el esfuerzo normativo de hace ya 21 años fue muy importante y ha tenido sus frutos; también es cierto que, posteriormente, se ha continuado atendiendo al desarrollo normativo referido a otros aspectos preventivos, hasta constituir todo ello un entramado en el que existen normas para casi todo. Un entramado, muchas veces, complejo de aplicar.
Por si ello no fuera suficiente, quizá sólo unas pocas personas en el ámbito de la prospectiva tecnológica podían intuir en 1997 que sociedad y actividad laboral iban a ser objeto en los años transcurridos desde la publicación de estas normas de cambios tan profundos como la industria 4.0 (robótica colaborativa, fabricación aditiva), la producción y distribución energética globalizada (eólica, solar, medios y ámbitos de transporte, grandes transportes de gas), el desarrollo biotecnológico (tejidos, fármacos, materiales, instalaciones), el auge de las TIC y nuevas tecnologías (nuevo hardware, Big Data, empresas start ups, drones), los nuevos centros de trabajo (construcción, explotaciones agrarias o barcos pesqueros inteligentes), algunos de cuyos aspectos comenzamos a ver en la pasada edición de estos cursos.
Por todas estas razones, OSALAN ha considerado importante continuar analizando los cambios en el proceso productivo que están impulsando, entre otras cuestiones, un reenfoque de la prevención de riesgos laborales.