Publicado nuevo Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas
Autor: Ministerio de Industria, Comercio y Energía
El día 24 de octubre de 2019 el Ministerio de Industria, Comercio y Energía mediante el Real Decreto 552/2019 de 27 de septiembre, publicó el nuevo Reglamento de Seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
En relación con el principio de eficiencia que deben cumplir todas las normas aprobadas por el legislador, el principal objetivo de este reglamento es la adaptación de la reglamentación de seguridad para instalaciones frigoríficas a la nueva clasificación de los refrigerantes que se aplica en el ámbito europeo, creando un nuevo grupo de refrigerantes 2L que permita usar, en aparatos de aire acondicionado, refrigerantes de bajo potencial de calentamiento atmosférico (R-32 y HFO) y de ligera inflamabilidad, y mejorar la reglamentación teniendo en cuenta la evolución de la técnica y la experiencia que se ha ido acumulando con la aplicación de la misma y no cabe hablar de ninguna carga administrativa.
Para la elaboración de este real decreto se ha consultado a las Comunidades Autónomas, así como, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del gobierno, a aquellas entidades relacionadas con el sector, conocidas y consideradas más representativas. Asimismo, este real decreto ha sido objeto de informe por el Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente. Finalmente, esta norma ha sido comunicada a la Comisión Europea y a los demás estados miembros dando cumplimiento así al procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información.