Actualizado el procedimiento de actuación para los servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-COV-2
Fuente: www.www.mscbs.gob.es
Con fecha de 18 de noviembre el Ministerio de Sanidad, ha actualizado el documento “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2”
La situación epidemiológica actual avanza con un marcado descenso de los casos graves y de la letalidad. Esto, junto con las altas coberturas de vacunación, hace necesaria una revisión de las medidas preventivas recomendadas para cada uno de los niveles de riesgo establecidos.
La intervención de las empresas, a través de los servicios de prevención (SPRL), frente a la exposición al SARS-COV-2 sigue siendo crucial, adaptando su actividad con recomendaciones y medidas actualizadas de prevención, con el objetivo general de evitar los contagios: medidas de carácter organizativo, de protección colectiva, de protección personal, de trabajador especialmente vulnerable y nivel de riesgo, de estudio y manejo de casos y contactos ocurridos en la empresa, de colaboración en la gestión de la incapacidad temporal y de reincorporación de las personas vacunadas.
La evidencia actual indica que las diferentes vacunas disponibles contra la COVID-19 son eficaces para reducir la infección sintomática y asintomática, la enfermedad leve, moderada y grave, y la mortalidad. Sin embargo, se sabe que la inmunidad generada por las mismas no impide de forma completa la replicación del virus en la mucosa de las vías respiratorias superiores del sujeto vacunado y la eficacia de las vacunas no llega al 100%.
Esta realidad, junto con la cobertura de vacunación y la situación epidemiológica actual, permiten plantear algunos cambios en la actuación de los servicios de prevención, aunque es necesario seguir manteniendo las medidas de prevención y protección recogidas en este procedimiento:
- Revisión de las medidas preventivas a cumplir por las empresas en el contexto actual de la pandemia recomendadas para cada uno de los niveles de riesgos establecidos .Se adaptarán las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la organización de los turnos, así como el uso de los lugares comunes.
- Incorporación del apartado long-COVID, que hace referencia a la vigilancia de la salud en el cual los trabajadores y trabajadoras que hayan sido diagnosticados de “Long COVID” una vez incorporados a su puesto de trabajo, deben ser valorados por el personal sanitario del servicio de prevención para determinar si requieren o no adaptaciones en su puesto de trabajo en función de sus limitaciones.
- Modificaciones en relación con la detección, notificación, estudio y manejo de casos y contactos: las empresas, a través de los servicios de prevención, seguirán colaborando con las autoridades sanitarias en la detección precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 y sus contactos para controlar la transmisión, siguiendo lo establecido en la "Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19".
La información oficial del Ministerio de Sanidad dirigida a los profesionales sanitarios y a la ciudadanía en relación a recomendaciones sanitarias y de salud pública de interés general, puede encontrase en: