Publicada la Planificación General de Actividades Preventivas a aplicar por las Mutuas en 2024

General
Autor
Boletín Oficial del Estado (BOE)

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado mes de julio Resolución de 12 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establece la planificación general de las actividades preventivas de la Seguridad Social a desarrollar por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social en sus planes de actividades del año 2024.

Esta resolución da cumplimiento a lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 860/2018, de 13 de julio, por el que se regulan las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social a realizar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que indica que corresponde a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones la planificación periódica para el desarrollo de tales actividades a la que se refiere el artículo 82.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Durante el año 2024 las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social desarrollarán los programas de actividades preventivas de la Seguridad Social que se relacionan seguidamente, a los que se incorporarán, en su caso, las actuaciones que procedan a las que se refieren la línea de actuación 4 del objetivo 3 y la línea de actuación 3.5 del objetivo 6 de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027:

  • Programa de asesoramiento técnico a PYMES y empresas de sectores preferentes.
  • Programa de asesoramiento a empresas o actividades concurrentes.
  • Programa de difusión del servicio de la Seguridad Social denominado «Prevención10.es».
  • Programa de asesoramiento en empresas de menos de 50 trabajadores para la adaptación de puestos de trabajo y estructuras para la recolocación de trabajadores accidentados o con patologías de origen profesional.
  • Actuaciones para el control y, en su caso, reducción de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales.
  • Actividades de investigación, desarrollo e innovación para la reducción de las contingencias profesionales.

El texto completo de la resolución se puede leer AQUÍ.

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