Subvenciones públicas para realización de actividades en prevención de riesgos laborales

Subvenciones
Autor
Boletín Oficial del Estado (BOE)

El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado mes de julio la Orden TES/864/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

El ámbito geográfico de las actividades objeto de subvención será el territorio estatal, sin perjuicio de su ejecución por las comunidades autónomas, en las empresas y centros de trabajo de sus respectivos territorios, en la financiación que les corresponda.

Las subvenciones tendrán por objeto la realización de actividades con el fin de promover la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas.

Las convocatorias podrán prever acciones de cuatro tipos:

  • Acciones de información: serán aquellas que persigan la difusión entre trabajadores y empresarios de los principios de acción preventiva de los riesgos laborales o de las normas concretas de aplicación de tales principios.
  • Acciones de asistencia técnica: serán aquellas que estén dirigidas al estudio y resolución de problemas, derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas.
  • Acciones de formación: consistirán en el diseño de los métodos y de los contenidos de programas que pudieran ser impartidos en sectores y subsectores de la actividad productiva, en especial en aquellos cuya estructura esté constituida fundamentalmente por pequeñas empresas.
  • Acciones de promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales: serán aquellas que fomenten el conocimiento y la aplicación por empresarios y trabajadores de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales en especial a través de mecanismos e instrumentos desarrollados en los ámbitos sectoriales y territoriales de la actividad productiva.

Conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, serán destinatarias de las acciones las personas trabajadoras y las empresas, especialmente las pequeñas empresas, entendiéndose por pequeña empresa aquella cuyo volumen de plantilla sea menor de cincuenta trabajadores. Por su parte el plazo para solicitarlas es de un mes desde su publicación en el BOE el pasado 25 de julio.

Toda la información detallada está disponible en este enlace.

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