Modificado el Real Decreto de Protección ante la Exposición a Cancerígenos en el Trabajo
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado mes de mayo el Real Decreto 395/2022, de 24 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
Los cambios producidos en la normativa comunitaria hacen necesario modificar nuevamente el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, para dar cumplimiento a la obligación de incorporar el contenido de la Directiva (UE) 2019/983 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, actualizando su anexo III, para introducir los nuevos agentes de la directiva junto con su correspondiente valor límite.
Con esta modificación se pretende aumentar el nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en el trabajo, dado que la implantación de valores límite para determinados agentes cancerígenos o mutágenos contribuirá a reducir de manera significativa los riesgos derivados de estas exposiciones.
El Real Decreto consta de una parte expositiva, de un artículo único y de tres disposiciones finales. En su artículo único se procede a modificar el anexo III del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo y se añaden, con su correspondiente valor límite, los siguientes agentes: cadmio y sus compuestos inorgánicos; berilio y compuestos inorgánicos del berilio; ácido arsénico y sus sales, así como compuestos inorgánicos del arsénico; formaldehído; y 4,4′-metilenbis (2 cloroanilina).
Para todos ellos se incluyen los valores límite de exposición profesional de la directiva, manteniéndose únicamente medidas transitorias para el cadmio y sus compuestos inorgánicos. No se incluyen, en cambio, las medidas transitorias establecidas por la directiva para otros agentes, siguiendo el criterio técnico del INSST.