Subvenciones en Galicia en materia de prevención

Subvenciones
Autor
Diario Oficial de Galicia

El Diario Oficial de Galicia ha publicado la Orden de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2020.

Entidades beneficiarias:

Línea 1: podrán ser beneficiarias de esta línea las asociaciones sindicales intersectoriales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Línea 2: podrán ser beneficiarias:

a) Las asociaciones empresariales gallegas sectoriales o intersectoriales constituidas sobre regulación del derecho de asociación sindical.

b) Las organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la comunidad.

c) Las fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral.

d) Las asociaciones profesionales de personas trabajadoras autónomas.

Actuaciones subvencionadas:

Línea 1: formación y actividades de asesoramiento y sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales de carácter intersectorial. Realización de acciones formativas y actividades de asesoramiento y sensibilización en relación a la normativa en prevención por parte de los gabinetes técnicos de seguridad y salud laboral de las entidades que resulten beneficiarias.

Línea 2: formación y otras actividades de fomento en materia de prevención de riesgos laborales de carácter sectorial.

Cuantía de las ayudas:

En la línea 1: esta línea tiene un presupuesto de 800.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria.

En la línea 2: ninguna entidad podrá percibir una cuantía que supere los 30.000 euros por la totalidad de las acciones solicitadas.

Por actividad en la línea 1 y 2 el importe máximo de cada curso no podrá exceder del importante resultante de multiplicar 160 euros por el número total de horas impartidas.

Plazo: el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

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