Comisión Permanente
Órgano de Fraternidad-Muprespa, anexo a la Junta Directiva e integrado por cinco miembros de la misma, designados por esta de entre sus componentes y su presidente, que será el de la Junta Directiva.
La comisión actúa por delegación de la Junta Directiva y las decisiones adoptadas en sus reuniones, convocadas por el presidente, deberán ser comunicadas y ratificadas posteriormente por esta.