Tramitación de la prestación por riesgo durante el embarazo (por cuenta ajena)

Antes de solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo deben haberse agotado todas las posibilidades para conseguir que la mujer embarazada pueda seguir trabajando sin estar expuesta a riesgos para su salud o la de su feto, por ello la tramitación de esta prestación se lleva a cabo en diferentes fases:

1. Adaptación del puesto de trabajo.

Cuando la mujer embarazada considere que en su puesto de trabajo existen agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que pueden influir negativamente en su salud o la del feto deberá ponerlo en conocimiento de su empresa ya que ésta, tiene la obligación de intentar adaptar su puesto de trabajo a su nueva situación para evitar dichos riesgos.

  • Si con las adaptaciones del puesto de trabajo se eliminaran los riesgos para la salud de la mujer embarazada y de su feto, no habría que continuar con la tramitación.
  • Si no fuera posible llevar a cabo adaptaciones en el puesto de trabajo que hicieran compatible el trabajo con la situación de embarazo, garantizando la salud de la trabajadora y la de su feto, se deberá continuar con la siguiente fase.
  • Si se adoptaron medidas para adaptar el puesto de trabajo que hicieron compatible el trabajo con la situación de embarazo, pero dichas medidas en la actualidad ya no son suficientes para garantizar la salud de la embarazada o la de su feto y no fuera posible realizar nuevas adaptaciones del puesto de trabajo, también se deberá continuar con la siguiente fase.

En esta fase de adaptación de puesto de trabajo no interviene la Mutua.

2. Certificación médica de existencia de riesgo para el embarazo en el puesto de trabajo.

Una vez que la empresa ha intentado adaptar el puesto de trabajo y, a pesar de ello, se sigue considerando que existe aún riesgos para la salud de la embarazada o la de su feto se deberá solicitar a la Mutua que certifique estos extremos.

Para que la mutua emita el certificado médico de existencia de riesgo durante el embarazo por las condiciones del puesto de trabajo la embarazada deberá presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI (por ambas caras).
  • Solicitud a la Mutua del certificado médico de existencia de riesgo durante el embarazo.
  • Informe médico del Servicio Público de Salud que acredite la situación de embarazo, la semana actual de gestación, la fecha probable de parto y la inexistencia de complicaciones inherentes al propio embarazo.
  • Declaración de la empresa en relación a los riesgos en el puesto de trabajo.
Formularios para tramites

Recibida la documentación, la mutua evaluará si procede o no certificar la existencia de riesgos laborales durante el embarazo, pudiendo darse las siguientes situaciones:

  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la embarazada, tras las adaptaciones del puesto de trabajo, ya son susceptibles de suponer riesgos para su salud o la de su feto. La Mutua emitirá un certificado de existencia de riesgo y se continuaría con la siguiente fase.
  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la embarazada, tras las adaptaciones del puesto de trabajo, no son susceptibles en ese momento de suponer riesgos para su salud o la de su feto; pero sí pudieran llegar a serlo en un futuro. La Mutua emitirá un certificado condicionado de existencia de riesgo, indicando la fecha a partir de la cual los riesgos evaluados ya podrían suponer un riesgo para su salud o la de su feto. Llegada dicha fecha(*) se continuaría con la siguiente fase.

(*) El certificado emitido por la Mutua solo tendrá validez si llegada la fecha indicada en el mismo, la embarazada no hubiera sufrido cambios ni en las tareas que realizaba, ni en los riesgos a los que estaba expuesta ni se hubieran producido complicaciones inherentes a su embarazo. De haberse modificado alguna de estas situaciones, deberá volver a solicitar una nueva certificación médica aportando la información actualizada (que la Mutua deberá volver a valorar).

  • Los riesgos a los que se encuentra expuesta la embarazada, tras las adaptaciones del puesto de trabajo, no son susceptibles de suponer riesgos para su salud ni la de su feto. La Mutua emitirá un certificado negativo y se finalizaría aquí el trámite.
  • Que la embarazada se encontrara en situación de incapacidad temporal o presentara complicaciones inherentes a su embarazo (no relacionadas con el trabajo). La Mutua emitirá un certificado negativo y se finalizaría aquí el trámite.

3. Cambio del puesto de trabajo a uno compatible con el estado de embarazo.

Una vez que la Mutua ha certificado que el puesto de trabajo puede suponer un riesgo para el embarazo, la empresa deberá intentar cambiar a la embarazada a un puesto de trabajo diferente que sea compatible con su estado.

  • Si fuera posible el cambio de puesto de trabajo a uno diferente que fuera compatible con la situación de embarazo, se finalizaría aquí el trámite.
  • Si no fuera posible dicho cambio, en salvaguarda de la salud de la mujer embarazada y la de su feto, la empresa deberá suspender su contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo y se continuaría con la siguiente y última fase.

En esta fase de cambio del puesto de trabajo no interviene la Mutua.

4. Solicitud de la prestación por riesgo durante el embarazo.

Una vez que la empresa ha suspendido el contrato de trabajo, para evitar poner en riesgo la salud de la mujer embarazada o la de su feto, se deberá solicitar a la Mutua la prestación por riesgo durante el embarazo.

Para que la mutua pueda reconocer la prestación por riesgo durante el embarazo la mujer embarazada deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud a la Mutua de la prestación de riesgo durante el embarazo.
  • Declaración de la empresa que acredite la imposibilidad de cambiar a la mujer embarazada a puesto de trabajo compatible con su estado.
  • Certificado de la empresa sobre las bases de cotización.
  • Modelo 145 de la Agencia Tributaria a efectos de aplicar la retención de IRPF.
  • En el caso de trabajadoras por cuenta ajena obligadas a ingresar sus propias cotizaciones a la Seguridad Social, deberán presentar certificado de estar al corriente del ingreso de sus cotizaciones.
Formularios para tramites

Recibida la documentación, si no hubiera ninguna incidencia en la misma y se verificaran los requisitos de acceso a la prestación, la Mutua procederá a emitir resolución reconociendo la prestación y comenzaría el abono de la misma, con periodicidad mensual.

FRATERNIDAD-MUPRESPA informa…

Podrá hacer llegar a la Mutua la documentación requerida para tramitar esta prestación, por alguno de los siguientes medios:

  1. A través de correo electrónico.

Consulte el correo electrónico de su centro de gestión en: fraternidad.com/correo-delegacion

  1. Presencialmente o por correo postal.

Consulte la dirección de su oficina más cercana. fraternidad.com/centros

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